Validez de la firma escaneada

Los documentos, contratos, actas y demás que se suscriban con una firma escaneada o digitalizada son válidos legalmente, tanto como una firma manuscrita estampada directamente en el documento.

La utilización de firmas escaneadas es posible desde la expedición del Decreto 806 de 2020, que estableció la posibilidad de utilizar firmas digitalizadas o escaneadas cuando no se tenga una firma digital, decreto que adquirió vigencia permanente con la expedición de la Ley 2213 de 2022.

Es así como la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en la sentencia AL 1764-2024, confirma que «… las actuaciones adoptadas podrán ser válidamente suscritas mediante firma autógrafa mecánica, digitalizada o escaneada, según la disponibilidad de dichos elementos.»

¿En qué consiste la firma escaneada?

La firma escaneada o digitalizada es aquella firma manuscrita que se estampa en un documento físico y luego se escanea para digitalizar el documento con la firma.

También es la firma que se estampa en un documento o mecanismo de captura digital, luego se escanea y digitaliza para agregar o adjuntar a un documento, como la firma que aparece en los certificados de cámara de comercio.

Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2024, diciembre 11). Validez de la firma escaneada [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/validez-de-la-firma-escaneada.html

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