La ley 2381 de 2024 (reforma pensional) eliminó la posibilidad de que una persona se pensione con 1.150 semanas cotizadas, mucho menos de las 1.300 semanas mínimas que considera la ley 100 de 1993, pero dejó abierta la posibilidad de conseguirlo, permitiendo el traslado a quienes se benefician del régimen de transición que los mantiene en el régimen de la ley 100. Un beneficio dirigido específicamente a los afiliados a Colpensiones.
La ganga de pensionarse con 1.150 semanas en los fondos privados de pensiones.
La gran mayoría de las personas desconoce que, cuando se ha cotizado sobre salarios bajos, como 1 o 2 salarios mínimos mensuales, el sistema que más le favorece es un fondo privado y no Colpensiones, por la sencilla razón de que, con los fondos privados, es posible pensionarse con 1.150 semanas en aplicación de la garantía de pensión mínima establecida en el artículo 65 de la ley 100.
En Colpensiones se requieren 1.300 semanas como mínimo y, cuando históricamente se ha cotizado sobre salarios inferiores a 2 mínimos, su mesada pensional será la misma tanto en Colpensiones como en los fondos privados (1 salario mínimo mensual), con la diferencia de que en los fondos privados puede pensionarse con 1.150 semanas al momento de cumplir la edad de 57 años si es mujer o 62 años si es hombre.
Esa posibilidad o ganga desapareció con la reforma pensional. Solo la pueden utilizar quienes quedan cobijados con el régimen de transición pensional, que se pensionarán con las reglas de la ley 100 de 1993, así que quienes están en Colpensiones pueden trasladarse a un fondo privado y aprovechar esa ventana de oportunidad.
Nota: Para que le aplique el régimen de transición pensional requiere completar al 30 de junio de 2025, 900 semanas cotizadas si es hombre y 750 semanas cotizadas si es mujer.
Traslado de Colpensiones a un fondo privado en la reforma pensional.
El artículo 76 de la ley 2381 de 2024, reglamentado por el decreto 1225 de 2024, permite el traslado de régimen pensional si se cumplen los siguientes requisitos:
- Tener 900 semanas cotizadas si es hombre o 750 si es mujer.
- Que le falten menos de 10 años para cumplir la edad de pensión.
- Que no se haya reconocido la pensión*.
*Requisito adicionado por el decreto 1225.
El plazo para trasladarse de régimen, ya sea de Colpensiones a un fondo privado o viceversa, vence el 16 de julio de 2026, y el plazo máximo para acreditar los requisitos es el 30 de junio de 2025, de acuerdo al artículo 12 del decreto 1225 de 2024.
¿Cuándo me conviene trasladarme de Colpensiones a un fondo privado de pensiones?
Como ya lo señalamos, para quienes han cotizado sobre salarios bajos, menores a 1.8 salarios mínimos aproximadamente, les resulta indiferente dónde están afiliados, porque en cualquiera su mesada pensional irremediablemente será la misma: 1 salario mínimo.
Sin embargo, cuando se está cerca de la edad de pensión y aún le faltan muchas semanas de cotización, les conviene trasladarse a un fondo privado para poderse pensionar con 1.150 semanas.
Es decir, que si al cumplir 57 años si es mujer o 62 años si es hombre no llega a las 1.300 semanas cotizadas, le conviene pasarse a un fondo privado para que se pueda pensionar con 1.150 semanas o con 1.200 o 1.250, etc., al cumplir la edad de pensión.
Si proyecta que cuando cumpla la edad de pensión tiene 1.300 semanas o más, no tiene sentido trasladarse de Colpensiones a un fondo privado, puesto que ya no requerirá pensionarse con 1.150 semanas porque tiene de sobra.
Sin embargo, debe prever una posible pérdida de empleo o capacidad de pago que le impida completar las 1.300 semanas al cumplir la edad de pensión. Por ejemplo, supóngase que proyecta que, al cumplir la edad de pensión dentro de 8 o 5 años, tendrá 1.300 semanas, pero, ¿qué pasaría si pierde el empleo y no puede volver a cotizar y llega a la edad de pensión faltándole 2 o 3 años de cotización? Debe incluir esa variable en el cálculo para determinar si se traslada de Colpensiones a un fondo privado o no.
Entre 1.150 semanas y 1.300 hay una diferencia de casi 3 años de cotización. Por ese tiempo, vale la pena pasarse de Colpensiones a un fondo privado de pensiones.