Las agencias en derecho son los costos o gastos relacionados con la defensa judicial de quien resulta ganador en un determinado litigio y que deben ser pagados por la parte vencida.
Qué son las agencias en derecho.
Estos costos o gastos, comúnmente conocidos como costas judiciales, deben ser asumidos por quien pierde el litigio o la querella.
Las costas judiciales de quien resulta perdedor en el litigio judicial, por obvias razones, las debe asumir el perdedor; por tanto, el perdedor deberá pagar sus costas judiciales más las de la contraparte vencedora.
Las agencias en derecho son distintas a los honorarios que cobra el abogado, y este, por lo general, cobra un valor superior al que se reconoce por agencia en derecho.
Los honorarios son fijados libremente entre el abogado y su representado, y, por lo general, las agencias en derecho, en caso de cobrarse, se imputan al valor de los honorarios, pero eso depende de lo que hayan pactado las partes.
Tarifas por agencias en derecho.
Las tarifas correspondientes a estas costas judiciales o agencias de derecho están fijadas por el Consejo Superior de la Judicatura, que en el acuerdo PSAA16-10554 de 2016 dispone las tarifas según la actividad desarrollada por el profesional del derecho.
Esta fijación se hace por expresa disposición del artículo 366 del Código General del Proceso, y se fijan en salarios mínimos, por lo que no es necesario que cada año se publique una tabla, de modo que la publicada en 2016 sigue siendo vigente.
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2008, agosto 29). Agencias en derecho – Tarifas [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/tarifa-de-las-agencias-de-derecho.html