El servicio de cargue y descargue puede o no estar gravado con el impuesto a las ventas dependiendo de las condiciones del contrato de transporte relacionado con el cargue y descargue.
Transporte de carga y descargue de la carga.
Lo primero que debemos definir es la relación existente entre el transporte y el cargue y descargue de la mercancía transportada.
El cargue y descargue, por lo general, es inherente al contrato de transporte de carga, puesto que para poder transportar una carga de un punto a otro, se requiere primero cargar y luego descargar los bienes objetos del contrato de transporte. Quien presta el servicio de transporte no podrá cumplir con el contrato si no desarrolla las actividades de cargue y descargue; por lo tanto, en estos casos se debe considerar que el cargue y descargue forman parte integral del contrato de transporte de carga.
Iva en el cargue y descargue.
Ahora, respecto al Iva en el transporte de carga, el artículo 476 del estatuto tributario que trata sobre los servicios excluidos del Iva señala en el numeral 9:
«El servicio de transporte público, terrestre, fluvial y marítimo de personas en el territorio nacional, y el de transporte público o privado nacional e internacional de carga marítimo, fluvial, terrestre y aéreo. Igualmente, se excluye el transporte de gas e hidrocarburos.»
Así las cosas, siendo el servicio de cargue y descargue inherente al servicio de transporte de carga, será excluido del impuesto a las ventas, igual que lo está el servicio de transporte de carga.
Sin embargo, en la eventualidad de que el servicio de cargue y descargue no haga parte integral del contrato de transporte de carga, sino que sea prestado por un tercero diferente a los intervinientes en el contrato, estará gravado a la tarifa general del impuesto a las ventas, esto es al 19%.
¿El servicio de logística tiene Iva?
Dentro del servicio de transporte de carga, cargue y descarga de la carga transportada, se puede identificar algún servicio de logística, el cual es diferente y, por lo tanto, no está excluido del Iva, al no corresponder a un servicio de transporte, ni anexo a este.
El servicio de logística puede hacer uso del transporte de carga y de cargue y descarga, pero no es su elemento fundamental, ya que la logística se refiere a planificar, implementar y controlar el flujo y almacenamiento de bienes, servicios e información desde el punto de origen hasta el punto de consumo, el cual no está excluido expresamente del Iva y, por lo tanto, está gravado con el Iva a la tarifa general.
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2024, febrero 4). Servicio de cargue y descargue frente al iva [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/servicio-de-cargue-y-descargue-frente-al-iva.html
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