¿Se debe promediar el salario como si fuera variable si el trabajador labora horas extras?

Cuando un trabajador tiene un salario variable, este debe ser promediado para distintos propósitos, como el pago de vacaciones, del descanso dominical remunerado, las prestaciones sociales e incluso para el pago de las incapacidades laborales, pero ese no es el caso cuando el trabajador devenga horas extras.

Las horas extras no convierten un salario variable en fijo.

En nuestro criterio, el hecho de que el trabajador devenga horas extras o recargos nocturnos, dominicales y festivos no convierte su salario fijo en variable.

La razón es que esos conceptos no remuneran la jornada laboral ordinaria, y el salario como tal, sea variable o fijo, remunera la jornada laboral ordinaria, de modo que para determinar la variabilidad del salario se toman aquellos conceptos que remuneran la jornada laboral ordinaria, lo que no ocurre con las horas extras y demás.

En consecuencia, sólo cuando el salario es el que varía existirá el salario variable, y por ello el ejemplo clásico de salario variable son las comisiones, puesto que estas se causan en la jornada laboral ordinaria.

¿Significa que el trabajador no recibe prestaciones sobre horas extras?

No. Las prestaciones se deben liquidar sobre todos los pagos que constituyen salario, y las horas extras constituyen salario. Lo que regularmente se hace es que cada mes se liquidan las prestaciones sociales (provisiones) sobre lo que el trabajador ha devengado en cada mes, y de esa forma se hace innecesario promediar el salario. El trabajador recibe las prestaciones liquidadas sobre su salario real, y lo mismo sucede con los aportes a seguridad social, que se liquidan cada mes según lo que el trabajador haya devengado.

Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2024, julio 16). ¿Se debe promediar el salario como si fuera variable si el trabajador labora horas extras? [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/se-debe-promediar-el-salario-como-si-fuera-variable-si-el-trabajador-labora-horas-extras.html

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  1. Ernesto Piedrahita (julio 18 de 2024)

    Ernesto Piedrahita. Abogado laboral. WhatsApp: 313-8830983. Nota: Respondo de manera gratuita a un máximo de dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me hagan mediante mensaje a mi WhatsApp o llamando a mi celular. Hago asesorías en todo lo que tiene que ver con los contratos laborales, liquidación de prestaciones sociales y despidos con justa o sin justa causa.

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