En el 2024 son responsables del IVA las personas jurídicas que vendan bienes y servicios gravados o exentos de IVA, y las personas naturales que vendan bienes o servicios gravados o exentos de IVA, siempre y cuando superen los topes señalados en el artículo 437 del estatuto tributario.
Topes para ser responsables del IVA en 2024.
Las personas naturales son responsables del IVA solo cuando se superan los siguientes topes:
Concepto | 2023 | 2024 |
---|---|---|
Ingresos | $148.444.000 | $164.728.000 |
Consignaciones bancarias | $148.444.000 | $164.728.000 |
Valor de los contratos celebrados | $148.444.000 | $164.728.000 |
Estos valores se determinan por el año gravable, de enero 01 a diciembre 31.
En 2024, en el caso de los contratos de venta de bienes o prestación de servicios, si el valor individual del contrato que se firma supera $164.728.000, el contratista debe inscribirse previamente como responsable del IVA.
Otros requisitos para ser responsable del IVA.
Además de los topes de ingresos, consignaciones y contratos, se deben cumplir los siguientes requisitos para no ser responsable del IVA.
- No tener más de un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejerzan su actividad.
- En el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no desarrollar actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.
- No ser usuarios aduaneros.
El incumplimiento de un solo tope o requisito convertirá a la persona natural en responsable del IVA.
Momento en el que surge la responsabilidad del IVA durante el 2024.
Si la persona natural cumplió todos los topes y requisitos en 2023, no será responsable del IVA en 2024, siempre que durante 2024 cumpla los topes y demás requisitos.
En el momento en que supere un tope, como el monto de las consignaciones, por ejemplo, en junio de 2024, a partir de julio de 2024 es responsable del IVA.
Por ello, durante el año, el contribuyente debe llevar un control del acumulado de sus consignaciones, ingresos y contratos, puesto que en el momento en que uno de estos rubros supere la suma de $164.728.000, se convierte en responsable del IVA, de lo que la DIAN se entera con facilidad debido a los reportes de terceros y a la facturación electrónica.
Lo que significa ser responsable del IVA.
Ser responsable del IVA implica asumir y cumplir con las siguientes obligaciones:
- Actualizar el RUT.
- Facturar sus ventas.
- Autorización de la resolución de facturación.
- Implementación de facturación electrónica.
- Facturar el IVA.
- Declarar y pagar el IVA.
- Llevar contabilidad si es comerciante.
Esta parte es relevante porque, una vez el contribuyente cumple los presupuestos para ser responsable del IVA, debe cobrar el IVA en sus ventas, y si no lo hace, bien podría aplicársele el inciso tercero del artículo 402 del código penal:
«El agente retenedor o el responsable del impuesto sobre las ventas o el impuesto nacional al consumo que omita la obligación de cobrar y recaudar estos impuestos, estando obligado a ello, incurrirá en la misma penal prevista en este artículo.»
La omisión de agente retenedor o recaudador es un delito penal, y aunque la DIAN no suele denunciar a la persona que ha omitido inscribirse como responsable del IVA estando obligada, la norma está ahí para ser aplicada cuando alguien lo decida.
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2024, enero 4). Responsables del Iva en 2024 [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/responsables-del-iva-en-2024.html
Si en mi negocio (supermercado) no llevo un control de ventas, pero sí el de mis facturas de compras, ¿cómo sé si soy responsable de IVA?
En ese caso, asuma que los ingresos, por lo menos, son iguales a las compras y verifique con la información de terceros que le reportaron en la Dian.
Si soy una persona natural y me toca ser responsable de IVA por primera vez, ¿mi periodicidad deberá ser bimestral?
Su periodo será bimestral según el artículo 1.6.1.6.3 del decreto 1625 de 2016.
Buen tema. Me gustaría que trataran los mismos aspectos, pero sobre el impuesto al consumo de restaurantes.