El régimen simplificado en el impuesto a las ventas en el año 2022 corresponde a las personas naturales que no son responsables del IVA, que son aquellas que cumplen con los requisitos señalados por el parágrafo 3 del artículo 437 del estatuto tributario.
Topes régimen simplificado 2022.
Para pertenecer al régimen simplificado en 2022, o mejor, para no ser responsable del IVA durante 2022, ya que actualmente quienes no son responsables de IVA ya no se denominan régimen simplificado, deben cumplir con los siguientes topes:
Concepto. | Monto. |
Ingresos durante 2022: | Inferiores a $133.014.000. |
Ingresos en 2021: | Inferiores a $127.078.000. |
Contratos de venta o prestación de servicios durante 2022: | Inferiores a $133.014.000. |
Contratos de venta o prestación de servicios en 2021: | Inferiores a $127.078.000. |
Monto de consignaciones bancarias y depósitos durante 2022: | Inferiores a $133.014.000. |
Monto de consignaciones bancarias y depósitos en 2021: | Inferiores a $127.078.000. |
Número de establecimientos de comercio, locales u oficinas: | Máximo 1. |
Actividades que no debe realizar: | Actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles. |
Usuario aduanero: | No debe serlo. |
Si se deja de cumplir un solo requisito, o se supera un solo tope, la persona natural debe inscribirse como responsable del IVA, que corresponde al antiguo régimen común.
Buenos días. Tengo entendido que, para profesionales independientes, el tope es más alto para pertenecer al régimen de responsables del IVA.