Recurso de reposición y en subsidio el de apelación

En qué consiste y cuándo se aplica el recurso de reposición y en subsidio de apelación. El tema de hoy son los recursos de reposición y apelación. Trataré de desarrollarlo de la manera más sencilla posible.

Recurso de reposición.

Con el recurso de reposición se busca que  quien expidió el acto administrativo o la providencia que se impugna la modifique o revoque.  Siendo esa la finalidad, se hace obligatorio que el recurrente exprese las razones por las cuales considera que quien la expidió se equivocó, pues sólo de esa manera podrá éste conocer los motivos de la inconformidad del objetante y dirigir su atención hacia ellas.

Eso es lo que se llama técnicamente: “sustentación del recurso”. O sea, que sustentar el recurso es decir cuáles son las fallas de que adolece la decisión que se objeta.

Si el autor de la providencia (auto judicial) o del acto administrativo (Resolución, por ejemplo), encuentra que al recurrente le asiste la razón, procederá a modificar su decisión  o a reponerla (revocarla), según corresponda.

Recurso de apelación.

El recurso de apelación, por su parte, está dirigido a que el superior de quien dictó la providencia  o el acto administrativo, lo modifique o lo revoque.  Éste al igual que el de reposición también debe sustentarse.

Ahora bien, el recurrente puede interponer únicamente el recurso de reposición,  o  interponer únicamente el de apelación. O sea, que para llegar al superior vía apelación, no necesita pasar primero por el inferior vía reposición. Así, ante una Resolución que le niega la pensión a un ciudadano, éste puede interponer únicamente el recurso de reposición, pero si considera que no vale la pena perder tiempo con un trámite que muy seguramente no le va a prosperar porque el funcionario que profirió la resolución no va a cambiar su decisión, puede dicho ciudadano obviar el recurso de reposición y formular directamente el de apelación.

Recurso de apelación en subsidio del recurso de reposición.

Pero también puede formular los dos recursos, el de reposición (como principal) y el de apelación como subsidiario. En este caso el recurrente debe decir que interpone el recurso de reposición y en subsidio el de apelación. De esa manera la impugnación va primero al funcionario que expidió la Resolución y si éste no acoge los argumentos del recurrente y confirma su decisión, el asunto sube al superior para su revisión.

Vale aclarar que si el objetante  va a formular los dos recursos  debe hacerlo al tiempo, diciendo que interpone el recurso de reposición y en subsidio el de apelación.  O sea que no puede interponer el recurso de reposición y esperar a que el funcionario resuelva, y luego, si la decisión le es adversa, interponer el recurso de apelación.

Así por ejemplo, si un Juez profiere un auto y la parte afectada con esa decisión considera que el funcionario se equivocó y su intención es que si el juez no la repone el asunto vaya al superior, deberá formular al tiempo los dos recursos, el de reposición como principal y el de apelación como subsidiario. La razón es la siguiente: en materia laboral el recurso de reposición debe interponerse dentro de los dos días siguientes al de la notificación del auto, y el de apelación dentro de los cinco días siguientes (al de la notificación del auto). Si el recurrente interpone únicamente el recurso de reposición y se queda esperando la decisión para determinar si formula el de apelación, cuando salga la decisión que resuelve el recurso de reposición ya le habrá precluido (extinguido) el plazo que tenía para interponer el de apelación.

Es necesario aclarar que no siempre procede el recurso de apelación, por tanto,  en cada caso habrá que establecer su procedencia. Así por ejemplo, en las Resoluciones, al final de ellas se dice qué recursos proceden, o si ya no procede ningún recurso. En cuanto a los autos judiciales es la ley la que señala cuáles autos son apelables, en el caso laboral es el art. 65 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social el que se ocupa de ese tema.

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Forma de citar este artículo (APA):

Alonso Riobó Rubio. (2020, junio 13). Recurso de reposición y en subsidio el de apelación [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/recurso-de-reposicion-y-en-subsidio-el-de-apelacion-en-que-consisten-y-cuando-se-aplican.html

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3 comentarios
  1. indigena embera febrero 9 de 2022

    Buenos días, un cordial saludo espiritual desde el departamento del Quindío.

    ¿Quién me puede aclarar, por favor, cuál es el término legal vigente para responder a una reposición y subsidio de apelación en materia penal por parte de los funcionarios judiciales?

    Responder
  2. rtinez enero 4 de 2022

    La presente es para notificar una incomodidad con respecto al servicio de gas debido a la negligencia de los empleados. Me tocó pagar una deuda muy alta, cosa con la que no estoy de acuerdo, ya que no tuve la culpa.

    Responder
    • Gbot
      Gbot en respuesta a rtinez agosto 16 de 2024

      Entiendo su malestar y es completamente válido que quiera expresar su inconformidad. A continuación, le presento un modelo de carta para notificar la incomodidad con respecto al servicio de gas:


      [Nombre del remitente] [Dirección del remitente] [Teléfono de contacto] [Correo electrónico]  [Fecha]  [Nombre de la empresa distribuidora de gas natural o entidad responsable del servicio en su localidad]  [Dirección de la empresa distribuidora o entidad responsable]   Asunto: Notificación por inconvenientes en el suministro y cobro excesivo. Estimados señores, Me permito ponerme en contacto con ustedes a fin de manifestar mi inconformidad frente a las constantes interrupciones en el suministro del servicio público domiciliario (gas), así como también señalar una situación irregular relacionada con los cobros efectuados durante dicho periodo. En primer lugar, quiero resaltar que las frecuentes fallas en el abastecimiento han generado no solo molestias personales sino también dificultades significativas para mí y mi familia, quienes dependemos plenamente del servicio para nuestras actividades diarias. Esta situación ha sido particularmente problemática debido a que hemos tenido escasa información sobre los motivos detrás de estas interrupciones y sus respectivas soluciones. Además, me gustaría abordar un asunto más delicado relacionado con los cargos facturados durante este tiempo problemático. Considero injusto tener que asumir costos tan elevados cuando se debe reconocer que no contamos efectivamente con el servicio por razones ajenas a nuestra voluntad. Solicito amablemente una revisión exhaustiva tanto de las causas subyacentes detrás estos problemas recurrentes como así mismo un análisis justo sobre los cargos aplicables durante dichos periodos sin suministro efectivo; espero recibir pronto respuesta acerca cómo procederán ante esta solicitud planteada anteriormente . Quedo atento(a) cualquier comentario adicional requerido por parte vuestra , agradezco atención prestada ; saludos cordiales! Atentamente,   [Firma si es impresa].  [Nombres completos]

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