El inquilino o arrendatario sin contrato de alquiler (arrendamiento) tiene los mismos derechos que quien ha firmado un contrato por escrito.
El contrato de arrendamiento o de alquiler puede ser verbal, así que no se puede hablar de la ausencia de contrato solo porque no se tenga uno escrito.
Básicamente, los derechos del arrendatario se resumen en los siguientes:
- El arrendatario tiene derecho a que el arrendador entregue el inmueble en la fecha convenida o al momento de la firma del contrato, y en un estado adecuado para su uso, incluyendo servicios, cosas o usos conexos adicionales acordados.
- El arrendatario tiene derecho a que los servicios, las cosas y los usos conexos y adicionales se mantengan en buen estado y sean adecuados para el fin convenido en el contrato.
- El arrendatario tiene derecho al goce del inmueble arrendado sin turbación alguna.
Si no hubiera un contrato de arrendamiento, ni verbal ni escrito, entonces los derechos de quien ocupa el inmueble cambian porque ya no se trata de un inquilino y, en tal sentido, las normas del arrendamiento no le son aplicables.
Por ejemplo, puede ser un contrato de comodato que es gratuito, o directamente una ocupación ilegal, como cuando alguien, sin el permiso del dueño, se va a vivir a un inmueble, caso en el cual no tiene ningún derecho, puesto que está allí ilegalmente.
Trataremos de darle respuesta.