La prescripción es una figura jurídica a través de la cual, transcurrido el tiempo, se puede adquirir el dominio de las cosas; aquí estamos frente a la prescripción adquisitiva, pero también puede ser extintiva de derechos y acciones que podemos ejercer.
Qué es la prescripción extintiva.
Hablamos de prescripción extintiva cuando ha transcurrido el tiempo establecido en la ley para ejercer ciertas acciones con las cuales podemos hacer valer nuestro derecho, y no se ejercieron en dicho término.
Es decir, que el paso del tiempo extingue la acción, el derecho o la obligación, en razón a que la persona interesada no ejerce el derecho dentro del tiempo estipulado por la ley.
La ley fija un término, plazo o tiempo para reclamar un derecho, una obligación o instaurar una acción o demanda, y si no se hace en ese tiempo, se configura la prescripción extintiva, extinguiéndose el derecho o la acción.
Ejemplos de prescripción extintiva.
La acción posesoria que tiene por objeto conservar la posesión prescribe en un año contado a partir del acto de molestia; entonces, si el poseedor no ejerce esta acción dentro del año que establece el artículo 976 del Código Civil, prescribe la acción posesoria, y el afectado ya no puede ejercerla y hacer valer su derecho de poseedor.
La Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria, en su sentencia del 3 de mayo de 2002, expediente 6153, se refirió a la prescripción extintiva de la siguiente manera:
«prescripción extintiva. Su finalidad no es otra que la de consolidar situaciones jurídicas concretas, en consideración al transcurso del tiempo. En relación con la prescripción extintiva o liberatoria, la regla general es que el plazo fijado en la ley debe computarse a partir de cuando podía ejercitarse la acción o el derecho. Sin embargo, antes de completarse el termino legal de la prescripción puede verse afectada por los fenómenos jurídicos de interrupción natural o civil, y de la suspensión.»
Por otro lado, según lo establecido en el artículo 8 de la Ley 791 de 2002, la acción ejecutiva prescribe en cinco años y la ordinaria en diez; esta es la regla general, pero hay acciones que tienen tiempos diferentes establecidos para la prescripción.
Interrupción de la prescripción extintiva.
Si la prescripción se interrumpe o se renuncia, el término comenzará a contarse nuevamente según lo establecido en este mismo artículo. Pero, ¿cuándo se interrumpe la prescripción?
La prescripción se interrumpe en los siguientes casos, teniendo en cuenta lo establecido por el Código Civil y la Corte Suprema de Justicia en la sentencia mencionada:
- Naturalmente, es decir, por el hecho de que el deudor reconoce la obligación, ya sea de manera tácita o expresa.
- De manera civil, por interponer demanda.
La interrupción significa que el término vuelve a iniciar su conteo desde cero, así que, si el término es de un año, el titular del derecho o de la acción cuenta con un año nuevamente.
Efectos de la prescripción extintiva.
El efecto de la prescripción extintiva no es otro que la extinción del derecho; es la pérdida del derecho a reclamar o alegar algo, o a ejercer la acción prescrita.
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2022, abril 25). Prescripción extintiva [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/prescripcion-extintiva-en-materia-civil.html
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