El retroactivo pensional puede prescribir en la parte que corresponda a las mesadas pensionales que lleven más de 3 años luego de haberse presentado la demanda, en razón a que estas prescribieron al tenor del artículo 488 del Código Sustantivo del Trabajo y 151 del Código Procesal del Trabajo. O dicho de otro modo, el retroactivo pensional está conformado por las mesadas respecto a las cuales no operó la prescripción.
Fecha de la presentación de la demanda, clave en la prescripción del retroactivo pensional.
Las mesadas pensionales prescriben a los 3 años de haberse causado, y el retroactivo pensional está conformado precisamente por una serie de mesadas pensionales que pudieron ser objeto de prescripción.
La presentación de la demanda interrumpe la prescripción de las mesadas pensionales, de manera que todas aquellas mesadas que no hayan prescrito a la fecha en que se presenta la demanda, ya no prescriben, y aquellas en las que ya llevan más de 3 años de causadas a la fecha de la presentación de la demanda, estarán prescritas.
Por ejemplo, un derecho pensional se causa el 25 de enero de 2012, la demanda para reclamarlo se presenta el 10 de marzo de 2018, y la sentencia sale el 15 de enero de 2025. En ese supuesto, las mesadas pensionales que al 10 de marzo de 2018 ya lleven 3 años o más de haberse causado, estarán prescritas; es decir, están prescritas aquellas mesadas que se hayan causado con anterioridad al 10 de marzo de 2015.
Explicación:
Fecha de la demanda.
La demanda se presentó el 10 de marzo de 2018. Según la regla, las mesadas pensionales prescriben 3 años después de causarse. Por lo tanto, debemos restar 3 años a la fecha de la demanda:
10 de marzo de 2018 - 3 años = 10 de marzo de 2015.
Determinar las mesadas que no estarían prescritas.
Las mesadas que se causaron después del 10 de marzo de 2015 no estarían prescritas al momento de presentar la demanda, ya que no habrían cumplido 3 años.
En consecuencia, el retroactivo pensional solo considerará las mesadas pensionales causadas con posterioridad al 10 de marzo de 2015 hasta la fecha del fallo.