¿Cuánto tiempo tengo para rechazar una factura electrónica?

El comprador o adquirente tiene un plazo de 3 días hábiles siguientes a la fecha de expedición de la factura.

Así lo contempla el artículo 2.2.2.5.4 del decreto 1074 de 2015, que regula la aceptación y rechazo de la factura electrónica.

Si la factura no se rechaza por parte del adquiriente en el término de 3 días hábiles, opera la aceptación táctica, siendo imposible rechazarla.

Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2023, febrero 28). ¿Cuánto tiempo tengo para rechazar una factura electrónica? [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/plazo-para-rechazar-una-factura-electronica.html

Recomendados.

Deje su opinión o su pregunta. Trataremos de darle respuesta.
Su comentario o pregunta será editada automáticaente por el sistema.

Regístrese para informarle cuando se responda su pregunta.

Este sitio web utiliza cookies para ofrecer un mejor servicio. Al seguir navegando acepta su uso.