Algunas personas naturales deben cumplir con algunas obligaciones tributarias, obligaciones que están condicionadas a que la persona natural obtenga algo o haga algo que la lleve a ser responsable de un determinado impuesto u obligación formal.
Responsabilidades tributarias de una persona natural.
Constitucionalmente, toda persona natural tiene la obligación de contribuir con el sostenimiento del estado, lo que se hace por medio del cumplimiento de obligaciones tributarias, que se clasifican en formales y sustanciales.
Sin embargo, no toda persona natural tiene obligaciones o responsabilidad frente a los tributos, ya que, por lo general, el pago de los impuestos depende del nivel de los ingresos de cada persona y del monto de su patrimonio. Así que las personas que tienen pocos ingresos o poco patrimonio no deben pagar impuesto alguno.
No obstante, de forma indirecta sí se debe pagar algún impuesto mediante el mecanismo de retención en la fuente, obligación que debe cumplir un tercero (agente de retención) y no la persona misma. A continuación, relacionamos las principales obligaciones tributarias que una persona natural podría eventualmente cumplir.
Obligaciones frente al impuesto a la renta.
De acuerdo con la constitución nacional, toda persona natural debe contribuir con el sostenimiento del estado, lo que hace que todas las personas naturales sean potenciales contribuyentes del impuesto de renta, pero no todas deben pagar el impuesto a la renta.
El impuesto a la renta se paga si se cumplen ciertas condiciones, como ser declarante del dicho impuesto, siempre que cumpla con los topes para estar obligado a declarar.
Si la persona natural no está obligada a declarar renta, no debe pagar impuesto de renta como tal, pero incluso si no es declarante puede tributar de forma indirecta cuando le aplican retención en la fuente.
El impuesto de renta se paga por obtener rentas, es decir, por obtener ingresos que sean susceptibles de incrementar el patrimonio. Así que, cada vez que una persona natural obtiene un ingreso, quien le haga el pago debe aplicarle una retención en la fuente en caso de tener tal obligación por ser agente de retención, y en caso de que el concepto y monto del pago estén sujetos a retención.
De otra parte, que la persona esté obligada a declarar renta no significa que automáticamente deba pagar impuesto a la renta, pues este se paga a partir de ciertos montos de renta líquida, de manera que, si no alcanza ese tope, no paga ningún impuesto.
Obligaciones frente al impuesto a las ventas.
La obligación de las personas naturales frente al IVA también está condicionada a que realicen la actividad gravada con IVA, y si la realizan, a que cumplan determinados topes o montos que se explican en el siguiente artículo.
Es una doble condición que se debe cumplir, de suerte que no toda persona natural es responsable del IVA.
Lo anterior es diferente a la obligación de toda persona natural de pagar el IVA como consumidor, puesto que cada vez que compramos algo debemos pagar el IVA que nos facturen.
Obligaciones con la retención en la fuente.
Algunas personas tienen la obligación de actuar como agentes de retención, como se expone en el siguiente artículo.
Como agente de retención, la persona natural debe efectuar las retenciones en la fuente cuando haya lugar a ello, presentar la respectiva declaración de retención y pagar las retenciones que haya practicado.
Es importante tener claro que, en algunos casos, así la persona natural no tenga la responsabilidad de agente de retención en el RUT, debe efectuarla en casos puntuales como en el pago de salarios, rifas y en la venta de establecimientos de comercio.
La retención en la fuente aplica para diferentes impuestos como Renta, IVA, ICA, etc.
Otras obligaciones tributarias de las personas naturales.
Aparte de las obligaciones ya señaladas que podríamos calificar como las más importantes, existen otras como en el caso del impuesto de industria y comercio, que también está condicionada a variables como el monto de ingresos y a realizar la actividad gravada con industria y comercio.
Otro tipo de obligaciones son:
- Impuesto de vehículos.
- Impuesto predial.
- Gravamen a los movimientos financieros.
- Impuesto a la riqueza.
Todas estas obligaciones están condicionadas a que la persona natural realice el hecho generador del tributo, así que al no realizarlo no es responsable del impuesto. Ejemplo: si no tiene carro, no paga impuesto de vehículos.
Preguntas frecuentes.
A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.
La DIAN lo requerirá para que declare, declaración en la que tendrá que pagar la sanción por extemporaneidad, y si no declara, la DIAN le impondrá la sanción por no declarar, y si aún así no declara, se le profiere la liquidación oficial de aforo.
Además de las sanciones, tendrá que pagar intereses moratorios desde el vencimiento del plazo para declarar.
Dependerá de la realidad económica de cada persona natural y puede tener una, más o todas de las siguientes responsabilidades:
Código | Nombre |
3 | Impuesto al patrimonio |
5 | Impuesto de renta y complementario régimen ordinario |
7 | Retención en la fuente a título de renta |
9 | Retención en la fuente en el impuesto sobre las ventas |
14 | Informante de exógena |
16 | Obligación facturar por ingresos de bienes y/o servicios excluidos. |
17 | Profesionales de compra y venta de divisas |
19 | Productor de bienes y/o servicios exentos |
41 | Declaración anual de activos en el exterior |
47 | Régimen Simple de Tributación - SIMPLE |
48 | Impuesto sobre las ventas - IVA |
49 | No responsable de IVA |
52 | Facturador electrónico |
Las personas naturales, dependiendo de sus ingresos, patrimonio y actividad económica, deben pagar los siguientes impuestos:
- Renta.
- IVA.
- ICA.
- Impuesto predial.
- Impuesto de vehículos.
- Patrimonio.
- GMF.
Algunos son recaudados por terceros como el GMF, y otros son pagados directamente por la persona natural cuando son declarantes, y si no lo son, se pagan vía retención en la fuente como el caso del impuesto a la renta.
Dependerá del nivel de ingresos y patrimonio de la persona natural, pero en general deben declarar renta, IVA, ICA, y en algunos casos, actuar como agentes de retención.
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2023, julio 5). Obligaciones tributarias de las personas naturales [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/obligaciones-tributarias-de-las-personas-naturales.html
Sugeriría agregar las referencias. Me refiero a las leyes de las cuales se extrajo esa información.
Qué cochada de página, no da la información completa: gas.