Ofrecemos a nuestros lectores un formato en Excel que permite liquidar automáticamente las prestaciones sociales, como prima de servicios, auxilio de cesantías, intereses sobre cesantías y las vacaciones.
Liquidador de prestaciones sociales.
En el liquidador de prestaciones sociales se presentan dos modelos para liquidar las prestaciones sociales:
- Liquidación mensual.
- Liquidación anual o por períodos superiores al mes.
En la liquidación mensual se aplican directamente los porcentajes que corresponden a cada concepto, ya que no es necesario considerar los días trabajados.
Los porcentajes aplicados son los siguientes:
Concepto. | Porcentaje |
Prima de servicios. | 8.33% (0.083) |
Auxilio de cesantías. | 8.33% (0.083) |
Intereses sobre cesantías. | 12% (0.12) |
Vacaciones. | 4.17% (0.0417) |
Lo anterior está debidamente formulado para hacer el cálculo automáticamente.
Cálculo de prestaciones sociales en Excel.
Sobre el total devengado de cada mes se aplica el porcentaje que corresponda.
Por ejemplo, con un salario mensual de $2.000.000 tenemos:
- Prima de servicios: 2.000.000 x 8.33% = 166.600.
- Auxilio de cesantías: 2.000.000 x 8.33% = 166.600.
- Intereses sobre cesantías: 166.600 x 12% = 19.992.
- Vacaciones: 2.000.000 x 4.17% = 83.400.
En la liquidación anual sí se consideran los días trabajados que corresponden a los días a liquidar por cada concepto y se aplican las fórmulas correspondientes.
Téngase en cuenta que, en el caso de las vacaciones, que no son precisamente una prestación social, no se incluyen los pagos por auxilio de transporte, horas extras ni trabajo dominical y festivo.
Descargar formato de prestaciones sociales.
Descargar liquidador de prestaciones sociales en Excel.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2021, octubre 3). Liquidador de prestaciones sociales en Excel [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/liquidador-de-prestaciones-sociales-en-excel.html
Buen día. Para liquidar la nómina de febrero, tomo 30 días. Al liquidar las prestaciones sociales de un empleado al 28 de febrero, ¿debo tomar 28 días o 30 días? Muchas gracias.
Por favor, aclárenme por qué en el liquidador de los intereses a las cesantías se vuelve a colocar el número de días trabajados. ¿Realmente es solo tomar el valor de las cesantías y calcularle el 12%? Estoy calculando los intereses de las cesantías para un trabajador de Ley 50 en la terminación de contrato desde el año 1981. ¿Alguien me puede colaborar?
Saludos, gracias por el aporte. Con el fin de contribuir, informo que el cálculo para los intereses sobre cesantías está errado, ya que esa fórmula solo aplica si se toma como base el salario del empleado y no las cesantías. De nuevo, muchas gracias.
Saludos. De antemano, agradezco a esta gran comunidad que siempre nos está nutriendo a todos los profesionales afines a las ciencias económicas, con normatividad y material de gran utilidad. De verdad, creo que su labor altruista hacia nosotros es invaluable.
Con el fin de aportar y no de criticar, les indico que deberían corregir la fórmula para el cálculo de los intereses sobre cesantías, ya que esa fórmula está diseñada bajo la estructura de los libros de contabilidad (muy buenos libros), pero aplica cuando se toma como base el sueldo del empleado y no las cesantías. Si tomamos las cesantías como base, solo deberíamos aplicar el 12% sobre la cesantía y nada más; puesto que el valor de las cesantías estaría expresado en proporción al tiempo que trabajó el empleado. Si se utiliza la fórmula que está dispuesta en este material, el pago al empleado será de un menor valor del que se le debería pagar.
Muy buena información, lo malo son los cálculos matemáticos que están errados por el mal cálculo de los valores en los porcentajes.
Revisaremos el aplicativo.
¿Las comisiones hacen parte de las prestaciones? ¿Por qué no se incluyen?
Las comisiones hacen parte de las prestaciones sociales porque estas se liquidan sobre el salario, y si la comisión hace parte del salario, entonces es un elemento que integra el salario.
No me queda claro por qué en la provisión mensual y en la liquidación anual no se utilizan las mismas fórmulas. Si proyecto mi causación mensual o realizo la liquidación a un solo mes, no dan los mismos valores.
Gracias por la aclaración.
La razón es que la liquidación anual es definitiva por lo tanto se aplica el porcentaje del 8.33% directamente, en tanto la liquidación mensual es una provisión, algo estimativo.