Con esta herramienta puede saber cuántas horas trabajó un empleado según su hora de ingreso, salida y tiempo de almuerzo o descanso. Podrá determinar cuántas horas extras laboró, ya sean diurnas, nocturnas, dominicales y festivas. Aplique también los recargos por trabajo nocturno, y por trabajo dominical y festivo ordinario.
Instrucciones.
A partir de la jornada laboral diaria, de la hora de ingreso, de la hora de salida y de la hora de almuerzo, se determina la cantidad de horas laboradas por el trabajador en un día, clasificándolas en horas ordinarias diurnas, extras diurnas, nocturnas y extra nocturnas, según sea el caso, determinando la cantidad de horas laboradas para cada una de ellas.
Valores a ingresar en el formulario.
- Salario mensual: Necesario para determinar el valor de la hora ordinaria.
- Jornada laboral semanal. Se requiere para determinar el valor de la hora ordinaria. Si las horas semanales acordadas en el contrato de trabajo no figuran en la lista, elija la opción «Otra» y digite la que corresponda.
- Jornada laboral diaria. Es la jornada laboral ordinaria diaria acordada entre las partes, como por ejemplo 8 horas o 7 horas y 20 minutos. Es la que se utiliza para determinar las horas extras. La jornada diaria se debe ingresar en horas y minutos. Si tiene horas exactas, en el campo de minutos ingrese 0.
- Hora de ingreso del trabajador. Es la hora en que el trabajador inicia la jornada, en horas y minutos, e indicando si es am o pm. Por ejemplo, a las 08:00 am.
- Hora de salida del trabajador. Es la hora en que el trabajador termina su jornada laboral y sirve para determinar cuántas horas trabajó en ese día. Se ingresa en formato de horas y minutos, e indicando am o pm. Por ejemplo, 05:30 pm.
- Hora de almuerzo. Es la hora de almuerzo que tiene el trabajador y se ingresa en minutos, como 60, 45, etc. Si el trabajador tiene otros descansos que no se computan dentro de la jornada laboral, se incluyen allí. Por ejemplo, si al trabajador le dan 45 minutos para almorzar y 15 minutos para un refrigerio en la tarde, se coloca 60 minutos.
- Trabajo dominical y festivo. Si está liquidando un trabajo en domingos y festivos, marque la casilla para que se apliquen los recargos correspondientes.
Consideraciones adicionales.
La tabla de resultados genera la cantidad de horas laboradas, indicando cuántas son diurnas, extras, nocturnas y extra nocturnas.
Recuerde que el valor de las horas ordinarias diurnas ya está incluido en el salario, por lo que no se deben pagar nuevamente. En los resultados se muestran a modo informativo, pero sólo se paga el valor de los recargos.
Por ejemplo, si el trabajador tiene una jornada laboral de 7 horas al día y labora 9, significa que trabajó 2 horas extras, y se le paga sólo el valor de las 2 horas extras, puesto que las 7 horas ordinarias ya están pagadas dentro del salario ordinario.
Por la misma razón, en el caso del recargo nocturno, sólo se paga el recargo, esto es, el 35%, puesto que el valor de la hora ordinaria ya está incluido en el salario.
Supongamos que el valor de la hora ordinaria es de $10.000. Si el trabajador labora una hora nocturna, sólo se le pagan $3.500 porque los 10.000 ya están incluidos en el salario mensual.
Distinto es cuando se trata de trabajo extra, sea diurno o nocturno, o el trabajo dominical y festivo, que no está incluido en el salario mensual y se debe determinar el valor total, tanto el ordinario como el recargo, lo que se refleja en la tabla de resultados.
La presente herramienta sólo permite liquidar las horas extras de un día, por lo que no funciona si la jornada a liquidar comprende 2 días, como cuando el trabajador inicia jornada a las 6 de la tarde y termina a las 6 de la mañana del siguiente día.
Trataremos de darle respuesta.