Los libros de contabilidad se pueden llevar en archivos electrónicos de manera que no es necesario imprimirlos en libros de papel como se hacía en el pasado.
Los libros electrónicos son válidos en la medida en que se garantice la fiabilidad y confiabilidad de los mismos; esto es, que se demuestre su inalterabilidad.
La Superintendencia de Sociedades, en la circular externa 100-00001 del 6 de marzo de 2012, señaló que es posible llevar los libros de contabilidad en medios electrónicos si se garantizan las siguientes condiciones:
- Que la información que contenga sea accesible para su posterior consulta,
- Que el mensaje de datos o el documento sea conservado en el formato que se haya generado,
- Que permita determinar el origen, la fecha y hora en que fue producido el documento.
Hoy en día, lo normal es llevar la contabilidad en un sistema computarizado, o mejor aún, en la nube, lo que permite un acceso remoto en cualquier momento y desde cualquier lugar, lo que garantiza su disponibilidad para cuando la Dian lo requiera.
Trataremos de darle respuesta.