Iva en el servicio de Internet y telefonía

Los servicios de telefonía fija y móvil, incluidos el Internet, están gravados con el IVA a la tarifa general del 19%, con algunas excepciones para las soluciones fijas.

Servicio de internet y telefonía.

Dentro de los servicios de telefonía se incluyen internet fijo, internet móvil, telefonía fija y telefonía móvil o datos.

Impuesto a las ventas.Aspectos relacionados con el impuesto a las ventas en Colombia, tales como tarifas, causación, base gravable y responsables del impuesto.

Algunos servicios de telefonía e internet están excluidos del IVA y los otros están gravados con la tarifa general.

Igualmente, algunos de estos servicios están gravados con el impuesto al consumo, como se detalla más adelante.

Servicios de telefonía e internet excluidos del IVA.

El artículo 476 del estatuto tributario señala que los siguientes servicios están excluidos del IVA:

  • Los servicios de conexión y acceso a internet de los usuarios residenciales del estrato 3.
  • En el caso del servicio telefónico local, se excluyen del impuesto los primeros trescientos veinticinco (325) minutos mensuales del servicio telefónico local facturado a los usuarios de los estratos 1, 2 y 3 y el servicio telefónico prestado desde teléfonos públicos.

Como se puede observar, la exclusión es apenas parcial, y sólo para los estratos 1, 2 y 3; los demás estratos deben pagar el IVA a tarifa plena del 19%.

Los servicios de telefonía móvil, tanto de datos como de voz, están gravados a la tarifa general del IVA.

Impuesto al consumo en el servicio de telefonía móvil.

Respecto a los servicios móviles de datos e internet, tenemos el impuesto al consumo, que encontramos en el artículo 512-1 del estatuto tributario:

Señala el primer inciso del referido artículo:

«Los servicios de telefonía, datos, internet y navegación móvil estarán gravados con la tarifa del cuatro por ciento (4%) sobre la totalidad del servicio, sin incluir el impuesto sobre las ventas.»

Sin embargo, una parte de estos servicios está excluida del impuesto al consumo, según señala el inciso segundo del artículo 512-1 del estatuto tributario:

«Para la porción correspondiente a los servicios de datos, internet y navegación móvil se gravará solo el monto que exceda de uno punto cinco (1.5) UVT mensual.»

El IVA sí se paga sobre la totalidad del servicio, excepto en los casos que temporalmente consideró el decreto 540 de 2020, que declaró exentos de IVA los servicios móviles para planes de hasta 2 UVT mensuales.

En consecuencia, en los servicios de telefonía y relacionados, se debe pagar un IVA del 19% más un impuesto al consumo del 4%, para una tributación total del 23%.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

Sí. El servicio de internet tiene IVA. En el caso del internet fijo, está excluido el que se presta a los estratos 1, 2 y 3. En los demás estratos está gravado. En el caso del internet móvil, está gravado con IVA en todos los casos.

No hay exención del IVA en el servicio de internet. Hay exclusión del IVA en el internet fijo para los estratos 1 al 3.

Los teléfonos móviles están gravados con el IVA a la tarifa general, excepto aquellos que tienen un valor igual o inferior a 22 UVT.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2024, julio 11). Iva en el servicio de Internet y telefonía [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/impuesto-a-las-ventas-en-el-servicio-telefonico-e-internet.html

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7 comentarios
  1. omar jesus mercado montenegro septiembre 11 de 2024

    El IVA que está en los servicios públicos, internet y celular se puede tomar como IVA deducible al momento de liquidar el impuesto.

    Responder
  2. Mariano Gonzalez mayo 18 de 2023

    ¿Una empresa proveedora de internet fijo cobra y paga impuesto al consumo?

    Responder
  3. Ines abril 9 de 2023

    Buenas noches. En el caso de un operador de telefonía que utiliza el servicio para su propio consumo, se generaría IVA (Impuesto al Valor Agregado).

    Responder
  4. Rodrigo enero 16 de 2023

    Por favor, ¿me pueden confirmar si el servicio de internet en el hogar, sea cual sea el operador, puede cobrar el IVA por este servicio? Según el decreto 476, los estratos 1, 2 y 3 están excluidos de este impuesto.

    Gracias por su respuesta.

    Responder
  5. valentina gonzalez noviembre 16 de 2022

    Una pregunta: ¿el servicio de mensajes de texto tendría IVA?

    Responder
  6. carlos mario llanos febrero 3 de 2022

    Esta página ha sido de mucho apoyo, ya que me ha aclarado muchas dudas.

    Responder

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