Los actos administrativos proferidos por cualquier autoridad administrativa deben ser notificados al administrado, afectado o interesado, y, dependiendo de su carácter, tienen su forma de ser notificados.
Notificación de los actos administrativos.
La notificación de un acto reviste mucha importancia, ya que por medio de esta se da a conocer la decisión tomada para que la persona o personas interesadas interpongan los recursos a que haya lugar y así controvertir la decisión. Ahora bien, la notificación personal solo se predica de los actos administrativos de carácter particular, ya que los actos de carácter general deben ser publicados.
Cuando se trata de actos de carácter general que se hayan expedido en razón a una petición de carácter general, la decisión que ponga fin a la actuación administrativa correspondiente se debe comunicar; es una imposición del código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo que, cuando se trate de actos de carácter particular, estos sean notificados personalmente.
¿A quién se puede efectuar la notificación del acto administrativo de carácter particular?
Por tratarse el acto administrativo de carácter particular de un derecho que le incumbe a una persona determinada y el CPACA (Ley 1437 de 2011) impone que la notificación del mismo debe ser personal, entonces la decisión tomada debe ser notificada al interesado. Pero, además, puede ser notificada a su representante, apoderado o a la persona que esté autorizada de forma debida por el interesado para notificarse.
Para que la notificación sea válida, es necesario que se entregue al interesado o a la persona facultada para notificarse copia íntegra, auténtica y gratuita del acto administrativo, el cual debe contener la anotación de la fecha y hora; además, debe señalar los recursos que proceden contra dicha decisión, el término para interponerlos y las autoridades ante las cuales se deben presentar si se interponen.
La notificación se puede efectuar de manera personal por estrados, cuando la decisión sea tomada en audiencia. La Corte Constitucional, en sentencia T – 210 de 2010, destaca en un aparte la importancia de la notificación de los actos administrativos de la siguiente manera:
«La adecuada notificación de los actos administrativos, de carácter particular, es una importante manifestación del derecho fundamental al debido proceso administrativo. Así, la notificación cumple una triple función dentro de la actuación administrativa, a saber: i) asegura el cumplimiento del principio de publicidad de la función pública pues mediante ella se pone en conocimiento de los interesados el contenido de las decisiones de la Administración; ii) garantiza el cumplimiento de las reglas del debido proceso en cuanto permite la posibilidad de ejercer los derechos de defensa y de contradicción y; finalmente iii) la adecuada notificación hace posible la efectividad de los principios de celeridad y eficacia de la función pública al delimitar el momento en el que empiezan a correr los términos de los recursos y de las acciones procedentes.»
La notificación personal del acto administrativo también podrá efectuarse por correo electrónico, siempre y cuando el interesado acepte ser notificado de esa forma.
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2013, diciembre 14). Importancia de la notificación de los actos administrativos [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/importancia-de-la-notificacion-de-los-actos-administrativos.html
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