Fórmula para calcular la prima de servicios

Para calcular la prima de servicios se recurre a una fórmula que recoge el salario base y los días trabajados en el periodo a liquidar, que por lo general son 6 meses, pudiendo ser más o menos.

Fórmula de la prima de servicios.

En primer lugar, recordemos que la prima de servicios es igual a un mes de salario por cada año de trabajo, o proporcional si el trabajador laboró menos de un año, como cuando se inicia o finaliza un contrato de trabajo ya iniciado el año. La fórmula es la siguiente:

Salario base x Días trabajados ÷ 360

Como vemos, esta fórmula contiene tres variables:

  1. Salario base sobre el que se liquida la prima de servicios.
  2. Días trabajados en el periodo por el que se va a liquidar.
  3. 360, que son los días del año que dan derecho al mes de salario.

A continuación, explicamos cada una de las variables.

Salario base.

El salario base para liquidar la prima de servicios es el salario como tal del trabajador, más los distintos conceptos remuneratorios como comisiones, horas extras, recargos nocturnos, dominicales y festivos, y el auxilio de transporte.

En fin, se deben sumar todos los pagos que constituyen salario, y se excluyen los que no constituyen salario.

Como el trabajador puede tener un salario diferente en cada mes, para reconocer esa situación debe promediar el salario del trabajador en los meses respecto a los cuales se va a liquidar la prima de servicios.

En el siguiente artículo se explica con más detalle la base sobre la que se calcula la prima de servicios.

Salario base para la liquidación de la prima de servicios.Conceptos salariales que se incluyen en la base para calcular y liquidar la prima de servicios.

Días trabajados en el periodo a liquidar.

Los días trabajados hacen referencia al periodo por el cual se calcula la prima de servicios, que por lo general es de 6 meses.

Recordemos que la prima de servicios se paga en dos cuotas, una en junio y otra en diciembre, así que en el año se hacen dos liquidaciones, una cada 6 meses.

Pero hay casos en los que el periodo a liquidar es menor a 6 meses, como en los casos en que el trabajador inicia el contrato o lo termina, ya iniciado el semestre, como en marzo, o noviembre, etc.

Cuando nos referimos a días trabajados, se incluyen domingos y festivos, es decir, días calendario, 30 por cada mes, en razón de que para efectos laborales el mes tiene 30 días, como se explica en el siguiente artículo.

El mes laboral tiene 30 días.Para calcular los valores relacionados con la nómina y el contrato de trabajo el mes se considera de 30 días.

360 días en la fórmula para liquidar la prima de servicios.

Se observa que el resultado de multiplicar el salario base por los días trabajados es dividido entre 360 días, que representan el año de trabajo.

Recordemos que por cada año de trabajo (360 días), se paga un salario mensual, y en razón de ello es que todo es dividido por 360.

Para entenderlo, supongamos un trabajador con un salario de $1.200.000, que trabajó el año completo. En tal caso, le corresponde una prima equivalente exactamente a un mes de salario, es decir, $1.200.000, así que aplicando la fórmula debemos obtener exactamente ese resultado:

1.200.000 x 360 ÷ 360 = 1.200.000.

360 dividido en 360 es igual a 1, y 1.200.000 x 1 arroja precisamente 1.200.000.

Cómo calcular la prima de servicios.

Como ya lo señalamos, la prima de servicios corresponde a un mes de salario por cada año de trabajo. Además, la prima de servicios se paga en dos cuotas, una el 30 de junio y la otra a más tardar el 20 de diciembre, de modo que cada cuota es igual a la mitad de un salario.

Pero si al llegar el día de pagar la prima de servicios, el trabajador no lleva un semestre trabajando, se tiene que hacer un cálculo proporcional al tiempo laborado con la fórmula ya conocida.

Supongamos un empleado que ingresó a laborar el 01 de agosto de 2020 con un salario de $1.000.000 y se le debe liquidar la prima correspondiente al segundo semestre.

En este caso, el trabajador lleva 5 meses en la empresa, es decir, 150 días. Es importante anotar que, si bien la prima de servicios se debe pagar el 20 de diciembre, se liquida hasta el 31 de diciembre, a no ser que el trabajador se retire antes del 31 de diciembre, caso en el cual se liquida hasta el día en que se liquide el contrato de trabajo.

Aplicando la fórmula tenemos:

1.000.000 x 150 ÷ 360 = 416.666.

Recordemos que el pago de la prima es semestral, de modo que si el trabajador ha estado vinculado a la empresa durante todo el año, y por consiguiente se le pagó la prima de servicios correspondiente al primer semestre, al calcular la prima de servicios en diciembre se toman solo 180 días, pues la prima del primer semestre ya fue pagada, es decir, que como la prima de servicios se paga semestralmente, en cada semestre la fórmula sería:

(Salario base x 180) ÷ 360

Esta sería la fórmula para calcular las primas de junio y diciembre siempre que el trabajador haya estado vinculado el semestre completo.

Liquidación de la prima de servicios.¿Cómo se liquida la prima des servicios? Base para su cálculo y formula que se utiliza para calcularla.

Cálculo de la prima de servicios en Excel.

Si quisiéramos hacer el cálculo en Excel, teniendo los días a liquidar en B4 y el salario base en B6, la fórmula sería:

=(B6*B4)/360

Pero hemos desarrollado una herramienta en Excel que hace el cálculo a partir de las fechas inicial y final, para determinar automáticamente los días a liquidar.

Descargue ejemplo en Excel.

El usuario solo tiene que ingresar la fecha desde la cual se liquida la prima de servicios, por ejemplo, desde el 01 de agosto, hasta la fecha en que se liquidará, por ejemplo, el 31 de diciembre, y Excel automáticamente determina los días a liquidar utilizando la función DIAS360, en razón de que, como ya se explicó, para efectos laborales el año tiene 360 días y el mes 30 días.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2022, septiembre 18). Fórmula para calcular la prima de servicios [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/formula-para-calcular-la-prima-de-servicios.html

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10 comentarios
  1. ALEX MORENO febrero 7 de 2024

    Buen día, tengo la siguiente inquietud: si tengo un empleado que no trabaja todo el mes, ¿cómo se toma el auxilio de transporte para la base del cálculo de la prima?

    Responder
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a ALEX MORENO febrero 7 de 2024

      ¿No trabaja completo el mes en un mes determinado o en todos los meses?

      En toco caso, habría que aplicar la fórmula correspondiente, y en los días trabajados se descuenta tanto tanto lo correspondiente al salario como al auxilio de transporte por los días no laborados.

      Saludos

      Responder
  2. Ernesto Piedrahita diciembre 19 de 2023

    Ernesto Piedrahita, abogado laboral. WhatsApp: 313-8830983. Nota: Respondo de manera gratuita a un máximo de dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me envíen mediante mensaje a mi WhatsApp o llamando al celular. Ofrezco asesorías en liquidación de prestaciones sociales, despidos con justa o sin justa causa, permisos, licencias e indemnizaciones laborales.

    Responder
  3. ANA diciembre 12 de 2022

    Buenas tardes, si el trabajador tiene como base $1.700.000 y un promedio de comisiones de $524.000, la base daría $2.224.000, lo cual supera los 2 SMLV. Mi pregunta es si en la base de liquidación debo tener en cuenta el auxilio de transporte.

    Gracias.

    Responder
    • Ernesto Piedrahita en respuesta a ANA diciembre 19 de 2023

      Ana, efectivamente, así es. Las comisiones, de acuerdo con el artículo 124 del Código Sustantivo del Trabajo, constituyen salario. Si al sumarse con el salario básico se supera el equivalente a dos salarios mínimos legales mensuales, por lo tanto, no se causa el auxilio de transporte.

      Cordialmente,
      Ernesto Piedrahita
      Abogado Laboral
      Whatsapp: 313-8830983

      Nota: Respondo de manera gratuita a un máximo de dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me hagan mediante mensaje por Whatsapp o llamando a mi celular. Hago asesorías en liquidación de prestaciones sociales, despidos con justa o sin justa causa, permisos, licencias e indemnizaciones laborales.

      Responder
  4. Rosa Maldonado noviembre 23 de 2022

    Buenas tardes, ¿cómo se liquida la prima de servicios si en el último mes se le aumenta el salario al colaborador?

    Responder
    • Ernesto Piedrahita en respuesta a Rosa Maldonado diciembre 19 de 2023

      Rosa, se liquida conforme al promedio del respectivo semestre, ya que, aun si solo es un mes, hubo variación salarial. Cordialmente, Ernesto Piedrahita. Abogado laboral. WhatsApp: 313-8830983.

      Nota: Respondo de manera gratuita a un máximo de dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me hagan mediante mensaje a mi WhatsApp o llamando vía celular. Realizo asesorías en liquidación de prestaciones sociales, despidos con justa o sin justa causa, permisos, licencias e indemnizaciones laborales.

      Responder
  5. FABIO mayo 30 de 2022

    Hola, espero que estés bien.

    Tienes derecho a los 4 meses laborados, y se te liquida proporcionalmente a este tiempo, en promedio un 30% de tu salario actual.

    En el caso de las cesantías, es de igual manera proporcional al tiempo laborado. Recuerda que es un salario por año trabajado; para tu caso, serían cuatro meses, que aproximadamente equivaldrían a un 30% de tu salario actual.

    Saludos.

    Responder
  6. david molina mayo 26 de 2022

    Qué cálculo tan mal hecho. Mejor no me fío de esta página; en ningún lado dice que se deba incluir el auxilio de transporte.

    Responder
    • Lauleon en respuesta a david molina noviembre 12 de 2022

      Si está especificado que el salario base para liquidar la prima de servicios es el salario del trabajador, más los distintos conceptos remuneratorios como comisiones, horas extras, recargos nocturnos, dominicales, festivos y el auxilio de transporte.

      Responder

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