Las vacaciones proporcionales corresponden a las que se deben reconocer o pagar al trabajador que no ha laborado el año completo y que sólo tiene derecho a una parte proporcional de las vacaciones.
¿Cuándo se liquidan las vacaciones proporcionales?
Las vacaciones proporcionales se deben liquidar cuando no se ha causado el año completo que da derecho a las vacaciones, pero que, por distintas razones, se debe liquidar.
Recordemos que, por un año de trabajo, el empleado tiene derecho a 15 días hábiles de vacaciones, y si no trabaja el año completo, tiene derecho a la proporción respectiva, según lo señala el artículo 186 del Código Sustantivo del Trabajo.
Esto es, que si no trabaja un año completo, no le corresponden 15 días de vacaciones, sino una parte de ellos, en proporción al tiempo laborado.
Cómo calcular las vacaciones proporcionales.
Se trata de hallar la proporción de los días de vacaciones que corresponden al tiempo laborado por el trabajador.
Calcular el monto proporcional de las vacaciones.
Existe una fórmula estándar para liquidar las vacaciones, que permite extraer la parte a la que tiene derecho con respecto al total, que es:
Salario X días trabajados/720.
Vamos a suponer el siguiente ejemplo:
- Salario: 1.200.000
- Días trabajados a liquidar: 240
Aplicando la fórmula, tendríamos:
1.200.000 X 240 / 720 = 400.000.
Con esta fórmula hemos determinado el monto o valor de las vacaciones, pero no el número de días de vacaciones a los que tiene derecho el trabajador.
Calcular los días de vacaciones proporcionales.
Como el trabajador no laboró el año completo, sino apenas 240 días, no tiene derecho a 15 días de vacaciones, sino a una parte de ellos, que determinaremos con una regla de tres.
Días trabajados | Días de vacaciones. |
360 | 15 |
240 | ¿? |
Si por 360 días de trabajo tenemos derecho a 15 días de vacaciones, ¿por trabajar 240 a cuántos días tenemos derecho? En la regla de tres se representa así:
360 -> 15
240 -> ¿?
Entonces: (240 x 15) / 360 = 10.
El trabajador tiene derecho a 10 días de vacaciones, y como el salario mensual es de 1.200.000, significa que el salario diario es de 40.000 (1.200.000 / 30); por tanto, 10 días de vacaciones valen 400.000, que es precisamente el valor que nos dio al principio.
Debe tenerse en cuenta que aquí no se están considerando domingos y festivos, y las vacaciones son días hábiles, situación que se debe considerar al momento de otorgar las vacaciones.
Liquidador de vacaciones proporcionales en línea.
En la siguiente herramienta puede liquidar las vacaciones proporcionales según el tiempo o días laborados.
Sólo debe diligenciar el salario del trabajador y el periodo o número de días a liquidar, y la herramienta determinará el número de días de vacaciones y el valor de las mismas con base en el salario del trabajador.
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2023, marzo 30). Vacaciones proporcionales [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/dos-formas-de-calcular-las-vacaciones-proporcionales.html
Trabajo en un call center y, dentro de mi horario, me corresponde trabajar los domingos. Pedí una porción de vacaciones, puesto que no he completado un año completo. Solicité del 24 al 28 de febrero porque tenía un viaje programado en esa fecha. Mi jefe, al principio, me dijo que era muy viable que me las aprobaran (yo le avisé con más de un mes de anticipación). Sin embargo, una semana antes, me comunicó que aprobaron jueves, viernes y lunes, pero que el domingo 27 de febrero no lo habían autorizado, argumentando que la operación estaba muy ocupada.
No obstante, eso no es del todo cierto. En ese call center hay una política que se llama VTO (Voluntary Time Off), que permite que cuando la operación no está tan “pesada”, las personas puedan desconectarse y ese tiempo no se les paga. El día domingo 27, dieron VTO a varias personas desde las 7 y 8 de la mañana; sin embargo, siguen firmes en negarme ese domingo de vacaciones. No sé qué hacer.
La situación que usted expone es bastante irregular y, de ser cierta, podría constituir una violación de sus derechos laborales. A continuación, se ofrecen algunas recomendaciones y consideraciones generales, pero le sugerimos que consulte con un abogado laboralista para que le asesore sobre su caso particular. 1. **Prueba de la necesidad del trabajo dominical:** Si la empresa alega que no puede otorgarle el domingo de vacaciones porque la operación está “full”, debe demostrar que realmente es necesario que usted trabaje ese día. Si hay empleados que pueden recibir VTO, eso sugiere que la carga de trabajo no es tan alta como para justificar su negativa a otorgarle ese día de vacaciones. 2. **Documentación:** Asegúrese de tener toda la documentación necesaria, incluidos correos electrónicos, mensajes de texto y cualquier otra comunicación que demuestre que solicitó las vacaciones con anticipación y que la empresa no está cumpliendo con su política de V
En razón a que el derecho a las vacaciones no se ha causado y no son exigibles para el trabajador, dependerá de la decisión que tome el empleador, y si al trabajador le resulta inconveniente las condiciones en que el empleador le otorga las vacaciones solicitadas puede optar por no tomarlas.