La ley impone una serie de limitaciones en el ejercicio de funciones, unas como incompatibilidades y otras como inhabilidades.
Incompatibilidad vs inhabilidad.
Para tratar el asunto, hemos extraído la siguiente información de un documento editado por la Secretaría del Senado, que consideramos resuelve en gran medida la inquietud planteada:
- Las inhabilidades son situaciones de hecho previas a la elección que impiden a un ciudadano postularse válidamente para ser elegido a un cargo o corporación. Mientras que las incompatibilidades son situaciones de hecho coetáneas al ejercicio de una función pública.
- Las incompatibilidades son sobrevinientes, es decir, que, estando bajo una investidura, no le es permitido desempeñar o realizar determinados actos, toda vez que podría estar incurso en una causal de pérdida de investidura o de sanción disciplinaria. Las inhabilidades son previas al desempeño del cargo o funciones públicas; por tanto, quien se encuentra impedido bajo una inhabilidad no debe ejercer dichas funciones porque puede correr el riesgo de ser demandada su elección y anulada su credencial.
- Las incompatibilidades otorgan la posibilidad de renunciar a la investidura que se posee con el fin de dar legalidad a una nueva situación, lo que no sucede con la inhabilidad, porque una vez que una persona se encuentre inhabilitada, no tiene ninguna alternativa para superar tal situación, toda vez que no depende de su voluntad.
- Las incompatibilidades perduran mientras se ejerza el cargo o curul, porque una vez que se renuncia a la investidura, desaparecen; y si resulta algún impedimento para ejercer un nuevo cargo, estaríamos frente a una inhabilidad.
Por ejemplo, una persona que se haya desempeñado como senador no puede postularse para la presidencia mientras esté ejerciendo el cargo de senador. Esto es una inhabilidad.
Por su parte, la esposa del senador no puede ser secretaria del Senado, lo que se conoce como incompatibilidad, pues ese cargo es incompatible con el cargo de su esposo como senador.
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2011, febrero 14). Diferencia entre inhabilidades e incompatibilidades [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/diferencia-entre-inhabilidades-e-incompatibilidades.html
Trataremos de darle respuesta.