Despido de trabajador con fuero de paternidad

Un trabajador que tenga fuero de paternidad no puede ser despedido sin autorización del ministerio del trabajo, y para ello se requiere comprobar que incurrió en una justa causa para ser despedido, lo que hace imposible despedirlo sin justa causa.

Trabajadores con fuero de paternidad

Los trabajadores con fuero de paternidad son aquellos que tienen su cónyuge o compañera permanente en estado de embarazo o lactancia, y comprende el mismo tiempo o periodo que cubre el fuero de maternidad.

Es decir, que el fuero de paternidad cubre el periodo de embarazo y las 18 semanas posteriores al parto, según el numeral 5 del artículo 239 del código sustantivo del trabajo:

«Se prohíbe el despido de todo trabajador cuya cónyuge, pareja o compañera permanente se encuentre en estado de embarazo o dentro de las dieciocho (18) semanas posteriores al parto. Esta prohibición se activará con la notificación al empleador del estado de embarazo de la cónyuge, pareja o compañera permanente. La notificación podrá hacerse verbalmente o por escrito. En ambos casos el trabajador tendrá hasta un (1) mes para adjuntar la prueba que acredite el estado de embarazo de su cónyuge o compañera permanente. Para tal efecto, serán válidos los certificados médicos o los resultados de exámenes realizados en laboratorios clínicos avalados y vigilados por las autoridades competentes.»

Es importante precisar que la licencia de paternidad no establece prohibición de despido del trabajador, sino de la condición de la cónyuge o compañera del trabajador.

Requisitos del fuero de paternidad.

Para que se configure el fuero de paternidad se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • La cónyuge o compañera permanente debe ser gestante.
  • Notificación al empleador sobre el embarazo de la cónyuge, pareja o compañera permanente.
  • Aportar la prueba del estado de embarazo de la pareja.

El fuero de paternidad se activa o inicia desde el día en que el trabajador notifica al empleador la condición de su cónyuge o compañera permanente, hasta 18 semanas posteriores al parto.

No es requisito que la pareja no tenga empleo formal, pues este requisito fue declarado inexequible por la Corte Constitucional en sentencia C-517 de 2024, de manera que, independientemente de que la pareja del trabajador tenga o no empleo, se activa el fuero de paternidad.

El fuero de paternidad no exige convivencia ni relación sentimental.

Para que se configure el fuero de paternidad no es requisito que entre el trabajador y la madre de su hijo exista una convivencia o una relación sentimental, según señaló la Corte Constitucional en sentencia T-259 de 2024:

«Es decir, el fuero se genera, aunque no exista una relación sentimental entre madre y padre, pues lo que busca es afianzar relaciones paterno filiales y profundizar las responsabilidades familiares. Una lectura en contrario significaría que solo quienes tienen relaciones de pareja en donde la madre no tiene vínculo laboral formal y depende del padre trabajador formal, serían los que están protegidos legalmente. De donde surge una distinción odiosa basada en el origen familiar, que además desconoce que los hombres que son padres adquieren obligaciones frente a sus hijos recién nacidos o adoptados y por principio de solidaridad deben proveer apoyo también a quien se encuentra en ejercicio de la maternidad.»

Más adelante señala:

«En el presente caso, la mujer que ejerce la maternidad se encuentra afiliada al régimen subsidiado de salud como mujer cabeza de familia, de acuerdo con la verificación realizada en la plataforma de la Adres, esto es indicativo de que podría no vivir con el accionante, sin que este tipo de arreglo impida extender el fuero, pues como se explicó en el apartado general, aquel surge para garantizar el ejercicio de responsabilidades familiares del padre y brindar el apoyo, acompañamiento y cuidados del recién nacido.»

En consecuencia, el empleador no debe reparar en la situación familiar o personal del trabajador, y todo lo que debe exigir es la prueba del embarazo y, por supuesto, que sea notificado, bajo la gravedad de juramento, de la situación de su pareja.

Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2025, abril 3). Despido de trabajador con fuero de paternidad [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/despido-de-trabajador-con-fuero-de-paternidad.html

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