El trabajador y el empleador, en común acuerdo, pueden convertir un contrato de trabajo a término fijo en uno a término indefinido, con algunas implicaciones que pasamos a explicar.
- Cuando un contrato a término fijo se vuelve indefinido.
- Renovación sucesiva del contrato a término fijo no lo convierte en indefinido.
- Casos en que el contrato de trabajo a término fijo se convierte en indefinido.
- Lo que se debe hacer cuando un contrato fijo se convierte en indefinido.
- Indemnización en los casos en que un contrato fijo se convierte en indefinido.
- Preguntas frecuentes.
Cuando un contrato a término fijo se vuelve indefinido.
El contrato de trabajo a término fijo es un contrato de trabajo cuya duración no puede ser superior a tres años, pero es renovable indefinidamente sin que se convierta en indefinido.
Un contrato de trabajo a término fijo se vuelve indefinido cuando las partes acuerdan expresamente el nuevo término indefinido, acuerdo que se puede hacer en un otrosí.
Un contrato fijo no se convierte en indefinido con el simple paso del tiempo, o porque se renueve muchas veces el mismo contrato. El contrato a término fijo se puede renovar infinidad de veces sin que adquiera la naturaleza de contrato indefinido, a no ser que esa sea la voluntad de las partes.
Renovación sucesiva del contrato a término fijo no lo convierte en indefinido.
Existe la falsa creencia popular de que un contrato fijo, después de x renovaciones o x tiempo, se convierte en indefinido, lo que es falso.
Significa que un contrato fijo nunca se convierte en indefinido por el hecho de firmar muchos contratos a término fijo.
Al respecto, la sala laboral de la Corte Suprema de Justicia, en sentencia 45555 del 3 de mayo de 2017 con ponencia del magistrado Gerardo Botero, afirmó:
«E incluso, en un paso conceptual más adelante, la Sala también ha explicado que la sucesiva renovación del contrato laboral a término fijo, no lo trasfigura en uno a término indefinido.»
Y en la sentencia 48879 del 19 de octubre de 2016 señaló:
«También ha dicho la Sala, que el contrato de trabajo a término fijo no pierde su esencia ni cambia a la modalidad de indefinido por el hecho de que se prorrogue varias veces, como lo propone la censura…»
El anterior criterio ha sido reiterado en la sentencia SL2306-2022, entre otras.
En resumen, se pueden firmar tantos contratos a término fijo como las partes quieran, y un contrato de trabajo a término fijo se puede renovar infinidad de veces sin que por ello pierda su naturaleza y se convierta en indefinido.
Casos en que el contrato de trabajo a término fijo se convierte en indefinido.
Existen tres casos puntuales en los que un contrato de trabajo a término fijo se convierte en un contrato a término indefinido que a continuación desarrollamos.
El acuerdo expreso entre las partes.
El contrato de trabajo a término fijo se convierte en indefinido cuando las partes así lo acuerdan expresamente.
Las partes, en común acuerdo, pueden decidir cambiar la duración del contrato, ya sea mediante un otrosí, o liquidando el contrato a término fijo y firmando un nuevo contrato, esta vez a término indefinido.
La libertad contractual permite al trabajador y empleador terminar un contrato, cualquiera que sea, y firmar otro, o transformar o modificar un contrato en curso, y es la forma en que por excelencia un contrato a término fijo se convierte en indefinido.
Renovar un contrato a término por una duración menor a la legal.
Lo que la ley sí limita es la renovación de un contrato de trabajo a término fijo inferior a un año, en la medida en que solo se puede renovar por ese término durante tres veces, y a partir de la cuarta el término no puede ser inferior a un año.
Es decir que cuando un contrato inferior a 1 año, por ejemplo, por 6 meses, a partir de la cuarta renovación la duración no puede ser inferior a 1 año, pero en adelante se puede renovar tantas veces como quieran las partes sin que se convierta en indefinido.
Si no se respeta este límite, es decir, que luego de las tres primeras prórrogas se sigue prorrogando por un periodo inferior a un año, el contrato de trabajo se convierte en indefinido, como más adelante se precisa.
Firmar un contrato de trabajo a término fijo por una duración superior a la legal.
Señala el artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo que la duración del contrato a término fijo no puede ser superior a 3 años, y que puede ser renovado indefinidamente.
¿Qué sucede cuando se firma un contrato de trabajo con una duración superior a los 3 años, como por ejemplo de 4 años?
En tal evento, el contrato de trabajo a término fijo, por no ajustarse a la ley, se convertirá en un contrato a término indefinido.
Sucede que el contrato a término indefinido es la regla general, y el contrato a término fijo solo puede existir si las partes lo acuerdan por escrito, y además si se ajusta a los límites y requisitos que exige la ley, de manera que si ese no es el caso, no puede existir el término fijo, y en tal circunstancia se ha de dar aplicación a la regla general que es el término indefinido.
La sala laboral de la Corte Suprema de Justicia, en sentencia 26315 del 24 de octubre de 2005 con ponencia del magistrado Eduardo López Villegas, dictaminó:
«Tan solo con la expedición de la Ley 50 de 1990 se le puso el límite de renovación sucesiva de contratos inferiores a un año hasta por tres periodos, luego de lo cual, en caso de pactarse como el sub lite una cuarta renovación inferior a un año, ésta es una cláusula ineficaz que se ha de tener como no acordada, y a falta de pacto escrito no puede admitirse ningún término fijo, esto es, el contrato se ha de entender convenido bajo la modalidad de duración indefinida.»
En este caso particular se trató de un contrato inferior a un año en el que la cuarta renovación se hizo por un periodo inferior a un año, lo que está prohibido por el numeral 2 del artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo, y el Corte consideró que, debido a ello, el contrato se convirtió en indefinido por haberse pactado una cláusula ineficaz.
De acuerdo a lo anterior, forzosamente se debe concluir que igual suerte corre el contrato en el que se acuerda una duración superior a la legal.
Es claro que, si el contrato a término fijo no se ajusta a los requisitos del artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo en cualquier sentido, se entenderá indefinido.
Lo que se debe hacer cuando un contrato fijo se convierte en indefinido.
Ya vimos que un contrato de trabajo a término fijo se convierte en uno a término indefinido en los siguientes casos:
- Las partes así lo deciden libremente.
- Cuando el contrato de trabajo a término fijo es ilegal.
Sucedido lo anterior, queda plantearnos lo que debe hacer el empleador: ¿Liquidar el contrato fijo y firmar uno nuevo para el indefinido? ¿Seguir como si nada hubiera cambiado?
Las dos opciones son válidas dependiendo de las circunstancias de cada caso particular.
Las partes pueden válidamente liquidar el contrato a término fijo y firmar un nuevo contrato con las nuevas condiciones acordadas.
Si la duración del contrato se cambia por medio de un otrosí, entonces no se debe liquidar el contrato de trabajo, por cuanto se trata de un solo contrato que sufre una modificación y no de dos contratos distintos.
Esto es de capital importancia en lo que tiene que ver con el auxilio de cesantías por la razón que pasa a explicarse.
La liquidación del contrato implica liquidar las cesantías y entregarlas al trabajador, de manera que, si el empleador las liquida sin haber terminado el contrato de trabajo, puede perder esas cesantías, pues su obligación es consignarlas en el respectivo fondo.
Al empleador le está prohibido entregar las cesantías al trabajador en casos diferentes a los establecidos en la ley, y la consecuencia de ignorar esta prohibición es la pérdida de ese pago, de manera que el trabajador puede demandar al empleador y este tendrá que volver a pagar esas cesantías.
Entonces, en caso de liquidar el contrato a término fijo para luego firmar uno indefinido, se recomienda no entregar las cesantías al trabajador, sino consignarlas en el fondo de cesantías.
Indemnización en los casos en que un contrato fijo se convierte en indefinido.
Supongamos que un contrato de trabajo a término fijo se convierte en indefinido, y luego el trabajador es despedido sin justa causa. ¿Qué indemnización se debe pagar?
En nuestro criterio la liquidación de todos los conceptos, incluida la indemnización por despido injusto, se debe hacer como un contrato indefinido, pues eso era al terminarse.
Si el contrato a término fijo se liquidó, y se firmó un nuevo contrato, el asunto podría ser diferente porque hay un nuevo contrato con fecha de inicio distinta, en nuestro ejemplo, en 2020, por lo que respecto a la indemnización por despido injusto la situación cambia dependiendo de si el contrato a término fijo se liquida o no.
La sentencia SL2387-2022 de la sala laboral de la Corte Suprema de Justicia aborda un caso similar en la que señala:
«En efecto, frente al punto y con base en el evocado documento el colegiado precisa que «justamente de su contenido se desprende que la intención inequívoca de las partes, fue finalizar la relación laboral, de ahí que se pagó al trabajador la liquidación final del contrato de trabajo iniciado el 21 de enero de 1998» y, como al revisar los demás medios de prueba denunciados como indebidamente apreciados, tampoco se evidencia que la relación contractual fuera idéntica y permanente a pesar de la dualidad de modalidades, no hay lugar a quebrantar lo decidido frente a aquella.»
La Corte estuvo de acuerdo con la conclusión a la que había llegado el tribunal:
«El Tribunal fundamenta su decisión en que, a su juicio, en el otrosí suscrito el 12 de enero de 2012 se plasmó la inequívoca voluntad de finalizar la relación a término fijo que le antecedía, es decir la del 13 de enero de 1998, mas no como considera el censor, respecto de la que inició desde el año 2012, siendo legitima la firma de contratos de trabajo sucesivos entre las mismas partes, siempre y cuando no se vulneren los derechos del trabajador, por lo que sin evidenciar alguna disminución en la situación de aquel y que el contrato a plazo indefinido, perduró por 5 años, luego de estar debidamente liquidado el primigenio, no se constituía ninguna continuidad entre ellos.»
En 1998 se firmó un contrato a término fijo que fue renovado continuamente, incluso cambiando, y en 2012 las partes firmaron un otrosí en el que liquidaron el contrato a término fijo y firmaron uno a término indefinido, por lo que tanto el juez de primera instancia como el tribunal y luego la Corte Suprema de Justicia entendieron que fue correcto haber liquidado la indemnización por despido injusto según el contrato a término indefinido firmado en 2012, y no como si fuera un solo contrato desde 1998.
Ahora, si el contrato a término fijo se firmó en 2015, por ejemplo, en 2020 se convirtió en indefinido sin haber liquidado el anterior contrato y el trabajador es despedido en 2024, la indemnización se pagará como un contrato indefinido cuyos términos temporales son 2015–2024.
Preguntas frecuentes.
A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.
Nunca. El contrato a término fijo no se convierte en término indefinido por el número de prórrogas, puesto que el contrato a término fijo puede prorrogarse o renovarse infinidad de veces sin que por ello pierda su naturaleza.
Sí. Cuando las partes así lo han acordado voluntariamente, y cuando el contrato a término fijo no se firmó respetando los preceptos legales.
No. El contrato de trabajo es a término fijo o a término indefinido, por lo que no se puede fijar un plazo al contrato a término indefinido porque eso sería una contradicción a la lógica y a la ley misma.
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2024, abril 5). Convertir un contrato de trabajo a término fijo en indefinido [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/convertir-un-contrato-de-trabajo-a-termino-fijo-en-indefinido.html
Si un trabajador tiene un contrato a término fijo por un año y ya lleva cinco renovaciones, al vencimiento de su último contrato y si decido dar por terminado su relación laboral, debo liquidarlo y pagarle todo lo que es legal. ¿Podría hacerle un nuevo contrato, esta vez a término indefinido? Este último contrato sería independiente del anterior.
Cuando vaya a dar por terminado su último contrato, es decir, el indefinido, debo pagarle una indemnización. Esta indemnización la calcularé, lógicamente, bajo las directrices del contrato a término indefinido. Pero la pregunta es: ¿hay continuidad en la contratación? Es decir, ¿debo indemnizar desde el día uno del primer contrato a término fijo o desde el día uno del contrato a término indefinido?
Muchas gracias por su atención.
Para la indemnización se toma la fecha de inicio del primer contrato a término fijo hasta la fecha del despido.
En el caso de un trabajador con un contrato realizado en hoja Minerva, titulado “Contrato a Término Fijo Inferior a Un Año”, con fecha de inicio el 11 de diciembre de 2022 y fecha de terminación en enero de 2023, si no se dio terminación ni se liquidó, pero se desea continuar con el trabajador bajo un contrato a término indefinido, ¿qué se debe hacer? ¿Se debe hacer otro contrato, aclarando que es indefinido?
Buen día. Tengo 8 años trabajando en la empresa y nunca firmé un preaviso, pero este año empezaron a darnos el preaviso. ¿Me puedes ayudar con esa inquietud?
Claro, ¿Cuál es su inquietud?
Hola, en 2011 inicié un “contrato individual de trabajo” que indica en sus apartes: “…han acordado celebrar el presente contrato de trabajo a término fijo por tres meses”.
Entre sus cláusulas señala: “… TERCERA:…. Vencido el término de duración del contrato, sin que las partes lo hayan dado por terminado, se torna indefinido, siempre que subsistan las causas que lo originaron y la materia de trabajo…”
En este caso, se establece un contrato a término fijo, donde en el mismo contrato las partes están acordando volverlo indefinido una vez vencido el término de duración del contrato (tres (3) meses). La persona entra el 6 de abril de 2011; al cumplirse los tres meses, se llega al 6 de julio de 2011 (tres meses: mayo/junio/julio). Ya el contrato se había vuelto indefinido.
Sin embargo, la empresa, de una manera astuta, informa al trabajador en 2019 sobre la posibilidad de prorrogar el contrato a término fijo por un año. El empleado asumía que el contrato ya era indefinido. La empresa lo obliga a firmar esta prórroga y lo despide al año siguiente como si fuera un contrato a término fijo, desconociendo su indemnización.
¿El empleado tiene derechos que le fueron vulnerados? ¿Puede llevar esto a un juez laboral?
Sí. El trabajador tiene derechos que le fueron vulnerados, y puede llevar el caso a un juez laboral.
La empresa actuó de forma ilegal al desconocer la naturaleza indefinida del contrato una vez venció el término fijo pactado en 2011, lo que configura un despido injusto por cuanto no existe una justa causa para terminar un contrato de trabajo a término indefinido.
En consecuencia, si bien el trabajador firmó la prórroga del contrato a término fijo en 2019, esa firma fue obtenida mediante engaño o coacción porque se trataba de un contrato ya definido como indefinido desde su origen (2011), y por tanto ese documento carece de validez alguna.
El problema es probar que hubo engaño o coacción para obtener la firma del documento; sin embargo, cuando hay mala fe evidente por parte del empleador como en este caso donde intenta cambiar las condiciones contractuales luego de más de 8 años conociendo perfectamente su error pero intentando aprovecharse del desconocimiento o buena fe del empleado, es probable que los jueces den credibilidad al testimonio e incluso puedan presumirlo sin necesidad de prueba directa.
Es importante tener claro lo siguiente:
Los contratos laborales son consensuales y deben ser respetados tal cual han sido acordados entre las partes. Si hay errores u omisiones estas deben corregirse antes que venza el plazo acordado; si no se hace así y transcurren meses o años sin corrección ni reclamación alguna entonces esos errores pasan a formar parte integral de la relación laboral y sólo pueden ser cambiados mediante acuerdo expreso entre las partes.