El IVA que la empresa genere o recaude, y el que pague, debe ser contabilizado según su naturaleza y tratamiento fiscal que se deba dar.
Contabilización del IVA generado.
El IVA generado es el que la empresa cobra a sus clientes, es el IVA que factura y que luego debe declarar y pagar a la Dian.
En razón a lo anterior, el IVA generado es un pasivo por impuestos, que se adeuda al fisco.
Supongamos que realizamos una venta por $1.000.000 más el IVA del 19%, esto es, $190.000 de IVA, para un valor total facturado de $1.190.000.
IVA generado en el PUC.
La cuenta del PUC para el IVA generado es la 2408, en razón a que se trata de un pasivo que el contribuyente tiene con la Dian.
El contribuyente o responsable del IVA es un mero recaudador que factura y cobra el IVA al cliente, IVA que luego debe trasladar a la Dian, y por ello debe contabilizarlo como un pasivo hasta tanto presente la declaración de IVA y pague ese IVA a la Dian.
Asiento contable del IVA generado.
El asiento contable o registro contable de ese IVA será el siguiente:
Cuenta | Débito | Crédito |
1105 | $1.190.000 | |
4135 | $1.000.000 | |
2408 | $190.000 |
A la cuenta de IVA por pagar, que es la 2408, se lleva el valor del IVA facturado.
Contabilización del IVA descontable.
El IVA descontable es el IVA que la empresa paga cuando adquiere productos o servicios gravados, IVA que puede ser descontado del IVA generado, descuento que se hace al presentar la declaración de IVA.
Como el IVA descontable se imputa al IVA generado, corresponde a un menor impuesto a las ventas por pagar, y por tal razón se debita en la cuenta 2408.
Para comprender mejor la mecánica de la contabilización del IVA descontable, supongamos la siguiente situación.
En el mes de enero, la empresa generó o cobró a sus clientes IVA por $1.000.000, valor que debe pagar a la Dian, pero en el mismo mes pagó por compras gravadas la suma de $600.000 en IVA, valor que se puede descontar.
Entonces, al presentar la declaración de IVA, el contribuyente hace la siguiente cuenta:
IVA generado | $1.000.000 |
Menos IVA pagado | $600.000 |
IVA a pagar a la Dian | $400.000. |
Como se observa, el IVA pagado se descuenta del IVA generado, y por eso se llama IVA descontable, y el contribuyente paga a la Dian la diferencia entre lo que recaudó en las ventas y lo que pagó en las compras.
Teniendo claro lo anterior, supongamos que realizamos una compra por $500.000 + el 19% del IVA, es decir, un total de $95.000 de IVA.
IVA descontable en el PUC.
La cuenta del PUC para el IVA descontable es la 2408, y se registra en su lado débito en razón a que disminuye el IVA generado por pagar, por tratarse precisamente de un descuento para el contribuyente.
Asiento contable del IVA descontable.
El registro contable del IVA descontable será el siguiente:
Cuenta | Débito | Crédito |
1435 | $500.000 | |
2408 | $95.000 | |
1105 | $595.000 |
El IVA descontable se lleva en el lado débito de la cuenta IVA por pagar (2408) por las razones ya explicadas, de modo que el saldo de esa cuenta será el resultado de restar los débitos a los créditos:
190.000 – 95.000 = 95.000.
En consecuencia, la empresa solo tiene un pasivo por impuestos por pagar, IVA en este caso, de $95.000.
La cuenta 2408, en sí, es una declaración de IVA elemental, puesto que en el crédito está el IVA generado en un periodo, y en el débito el IVA descontable en el mismo periodo, así que al final se determina el saldo a pagar por IVA.
Naturaleza del IVA descontable.
El IVA descontable es un pasivo de naturaleza debido a que resta o disminuye el valor del IVA generado, que es de naturaleza crédito.
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2022, octubre 5). Contabilización del Iva [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/contabilizacion-del-iva-no-descontable.html
En el caso del IVA por consumo de datos y planes de celular, ¿cómo se contabiliza?
El tratamiento contable del IVA en constructoras de vivienda de interés social, ¿cuál sería? ¿En la cuenta del IVA o como mayor valor del costo? Gracias.
En el caso del IVA mayor valor del costo, creo que no se ha dicho aquí nada que aclare el tratamiento y registro de ese impuesto. Sería muy interesante si alguien diera una explicación coherente y, ojalá, con un ejemplo.
¿Cuándo se debita y cuándo se acredita el IVA?