Cuando una persona natural que declara renta recibe un subsidio de vivienda por parte de alguna entidad, como las cajas de compensación familiar, debe declararlo. ¿Cómo se hace?
- Naturaleza de los subsidios recibidos del estado.
- Subsidios de vivienda: ¿Ingreso gravado o no gravado?
- ¿Por recibir un subsidio de vivienda se debe declarar renta?
- ¿Cómo declarar los subsidios de vivienda?
- Subsidio de vivienda como ganancia ocasional.
- ¿Si declaro renta puedo acceder al subsidio de vivienda?
- Reflexiones finales.
Naturaleza de los subsidios recibidos del estado.
Lo primero que se debe definir es la naturaleza de los dineros recibidos por subsidios frente al impuesto a la renta.
A la luz del artículo 27 del estatuto tributario, todo pago que sea susceptible de incrementar el patrimonio del contribuyente se considera ingreso, y es lo que ocurre precisamente con los subsidios.
Quien recibe un subsidio de vivienda ve incrementado su patrimonio en el mismo valor del subsidio; por lo tanto, es un ingreso tributario que se debe declarar.
Subsidios de vivienda: ¿Ingreso gravado o no gravado?
No conocemos una norma (¿conoce alguna?) que califique a los subsidios de vivienda como un ingreso no gravado, ni como renta exenta, ni como ingreso no constitutivo de renta, ni ganancia ocasional. Así, la conclusión obligada es que se trata de un ingreso gravado con el impuesto a la renta.
Esto significa que se debe tributar sobre él si la renta líquida supera la base mínima a partir de la cual se empieza a pagar impuesto, que es 1.090 UVT.
¿Por recibir un subsidio de vivienda se debe declarar renta?
Se podría considerar que los subsidios de vivienda se otorgan a personas de bajos recursos que no deben declarar renta, y aunque en teoría es así, existe la posibilidad de que quien lo reciba termine obligado a declarar por razones distintas al subsidio o en ocasión a este.
Una persona puede quedar obligada a declarar renta no porque tenga muchos ingresos, sino por consignaciones, por ejemplo, o por el monto de su patrimonio. Así que es probable que una persona de bajos ingresos, por alguna circunstancia, termine con elevadas consignaciones que lo obliguen a declarar.
O, que por el monto del subsidio recibido termine superando el tope de patrimonio que lo obliga a declarar.
Los subsidios de vivienda no afectan el tope de consignaciones porque no se consignan a la cuenta del contribuyente, sino que se giran directamente al constructor o vendedor, pero sí afectan su patrimonio.
De otra parte, como el subsidio es un ingreso, si una persona que devenga un salario mínimo y recibe un subsidio de $60.000.000, quedaría obligada a declarar renta.
¿Cómo declarar los subsidios de vivienda?
Una vez se determina que la persona beneficiaria del subsidio de vivienda está obligada a declarar, resta identificar la cédula en la que se debe declarar.
Estos ingresos no hacen parte de ninguna de las cédulas, ya que no son rentas de trabajo, ni de capital, ni de pensiones, ni de dividendos, y la única posibilidad es la subcédula de rentas no laborales en la cédula general.
Subsidio de vivienda como ganancia ocasional.
Una alternativa que advierte un lector es tratar el subsidio de vivienda como ganancia ocasional por la naturaleza de este tipo de ingresos, que no corresponde al giro ordinario de los negocios de ningún contribuyente.
De acuerdo a la sentencia C-324 de 2009 de la Corte Constitucional, el subsidio se puede entender como una forma de donación:
«Los conceptos de donación, auxilio, subsidio o subvención, encuentran desde el punto de vista semántico, idéntico significado, así: subvenir[20] significa venir en auxilio; subsidio[21], ayuda o auxilio extraordinario de carácter económico; auxilio[22], ayuda o amparo; y donación[23], acto de liberalidad de una persona que transmite gratuitamente una cosa que le pertenece a favor de otra. Desde esa óptica, podría suponerse entonces que las subvenciones –subsidios y aportes– comparten las mismas características que las donaciones o auxilios a que hace alusión el artículo 355 constitucional, en tanto se trata de partidas de origen público, que se asignan sin contrapartida del beneficiario directo, y que pueden ser dirigidas a personas naturales o jurídicas.»
Bajo esta interpretación, es posible declarar los subsidios de vivienda como ganancia ocasional en razón a que, en efecto, es un ingreso que no corresponde al giro ordinario de las actividades de una persona natural.
Sin embargo, la Dian en concepto 003315 del 23 de mayo de 2024 ha señalado que los subsidios de vivienda se deben declarar como una renta no laboral en la cédula general.
¿Si declaro renta puedo acceder al subsidio de vivienda?
No necesariamente se pierde el derecho a recibir un subsidio de vivienda por el hecho de declarar renta, en razón a que la obligación de declarar renta no siempre surge porque la persona tenga muchos ingresos.
Cada caso particular debe ser evaluado, puesto que si la persona tiene suficientes ingresos es probable que no califique para ser beneficiario de un subsidio de vivienda, y en ese caso, la declaración de renta podría ser un indicativo de un nivel de ingresos incompatible con el subsidio.
Pero no es el hecho de declarar renta lo que impide el subsidio, sino el nivel de ingresos o patrimonio que no hace elegible a la persona para recibir un subsidio.
Reflexiones finales.
Por distintas razones, algunos ciudadanos que reciben subsidios terminan pagando impuesto de renta sobre el subsidio, porque el estado no articula sus políticas sociales con sus políticas fiscales.
Se crea un beneficio social, pero se ignora el efecto tributario que este beneficio puede tener en algunos casos.
Se han presentado casos más dramáticos, como campesinos que recibieron sumas importantes como indemnización por sus tierras que han sido ocupadas para desarrollar obras de infraestructura pública. Estos, desconociendo que quedaron obligados a declarar renta en vista del monto de la indemnización, no declararon, y años después fueron requeridos por la Dian y terminaron debiendo por concepto de impuestos, intereses y sanciones más de lo que recibieron por indemnización, quedándose en la calle.
Frente a este tipo de situaciones, la Dian no tiene más alternativa que aplicar la ley, por más injusta que parezca la situación, pues no tiene autonomía para corregir las injusticias generadas por la negligencia y desinterés del legislador.
Por lo anterior, quien pretenda recibir un subsidio debe tener un control absoluto de su realidad económica para que no vaya a quedar obligado a declarar por algo tan simple como una consignación de más.
Quien se postule a cualquier subsidio debe proyectar su situación para determinar si se justifica o no, o si tiene con qué pagar el impuesto que luego resulte.
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2024, septiembre 11). Cómo declarar los subsidios de vivienda [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/como-declarar-los-subsidios-de-vivienda.html
¿En qué periodo se entiende recibido este ingreso para la declaración de renta? Puesto que la fecha de escrituración del inmueble es diferente a la fecha del desembolso del subsidio de vivienda a la constructora en la mayoría de los casos.
Cuando se trata de la venta de un inmueble, el ingreso se causa en el año en que se protocoliza la escritura pública según el numeral 2 del artículo 27 del estatuto tributario, pero como en ese caso no se trata de la venta sino de la compra del bien inmueble por el cual se recibe un subsidio, en nuestro criterio el subsidio se declara en el año en que se desembolsa.
En la realidad actual, todo quien recibe un subsidio para vivienda está obligado a declarar renta, pues el reporte que realizan las notarías lo hacen por el valor total del inmueble a nombre del beneficiario, y hoy en ninguna situación ya es viable que un inmueble cueste menos de 60 millones. Entonces, quien recibe el subsidio supera el tope en compras; por lo tanto, está obligado a cumplir con la declaración de renta.
Sí, es la regla general.
¡De acuerdo!
Increíble que el estado sea hipócrita con este tema. A estas alturas, no regular una exención o aclarar este asunto sobre unos subsidios (Mi Casa Ya, caja de compensación, concurrencia, semilla, habitacional) que buscan mejorar la calidad de vida de muchas familias, en su mayoría en pobreza moderada (ganándose un mínimo o menos).