Para calcular o liquidar los intereses sobre cesantías ingrese los valores solicitados en el siguiente formulario.
Instrucciones.
- Cesantías acumuladas. Corresponde al auxilio de cesantías que se hayan acumulado al momento de hacer la liquidación de los intereses, como al 31 de diciembre del año anterior o en cualquier fecha al momento de liquidar el contrato de trabajo.
- Fecha en que se hizo la última liquidación. Es la fecha en que hizo la última liquidación de los intereses sobre cesantías que por lo general es el 31 de diciembre del año anterior o en contratos nuevos, la fecha en que inició el contrato.
- Fecha de corte a liquidar. Es la fecha hasta la que va a realizar la liquidación de los intereses, que puede ser el 31 de diciembre de cada año, o la fecha en que termina el contrato de trabajo.
La diferencia entre las dos fechas anteriores nos da los días trabajados o periodo a liquidar, para lo cual se considera un año laboral de 360 días.
Herramienta basada en los valores vigentes para el 2024.
Trataremos de darle respuesta.