Beneficiarios en el sistema de salud

¿Qué es un beneficiario en el sistema de salud, y qué personas pueden ser beneficiarias en Colombia?

Clasificación de los afiliados al sistema de salud.

En Colombia, el sistema de seguridad social clasifica a las personas afiliadas en dos grupos:

  1. Cotizante
  2. Beneficiario

El cotizante es la persona que paga la cotización a la EPS. Es quien tiene el deber de pagar las cotizaciones mensuales, ya sea como asalariado o como trabajador independiente.

El beneficiario es la persona que se beneficia de los servicios que presta la EPS en razón a los pagos que realiza el cotizante, y que deben ser afiliados por este.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios en salud?

Los beneficiarios en salud son las personas que hacen parte del grupo familiar del cotizante, que la ley señala taxativamente y que enumeramos en el siguiente artículo.

Cobertura familiar en el sistema de seguridad social en salud.Los cotizantes al sistema de salud pueden afiliar como beneficiarios en la EPS respectiva a su grupo o núcleo familiar definido por la ley.

En resumen, son los siguientes:

  • El cónyuge.
  • A falta de cónyuge, la compañera o compañero permanente, incluyendo las parejas del mismo sexo.
  • Los hijos menores de veinticinco (25) años de edad que dependen económicamente del cotizante.
  • Los hijos de cualquier edad si tienen incapacidad permanente y dependen económicamente del cotizante.
  • Los hijos del cónyuge o compañera o compañero permanente del afiliado, incluyendo los de las parejas del mismo sexo, que se encuentren en las situaciones definidas en los numerales 3 y 4 del presente artículo.
  • Los hijos de los beneficiarios descritos en los numerales 3 y 4 del presente artículo hasta que dichos beneficiarios conserven tal condición.
  • Los hijos menores de veinticinco (25) años y los hijos de cualquier edad con incapacidad permanente que, como consecuencia del fallecimiento de los padres, la pérdida de la patria potestad o la ausencia de estos, se encuentren hasta el tercer grado de consanguinidad con el cotizante y dependan económicamente de este.
  • A falta de cónyuge o de compañera o compañero permanente y de hijos, los padres del cotizante que no estén pensionados y dependan económicamente de este.
  • Los menores de dieciocho (18) años entregados en custodia legal por la autoridad competente.

El sistema de seguridad social protege no solo a la persona que paga las cotizaciones, sino a la familia de este, como cónyuge, hijos menores, etc.

Es importante precisar que una persona del grupo familiar del cotizante puede ser beneficiaria solo si no posee capacidad económica para ser cotizante, pues de tenerla, tendrá que pagar su propia seguridad social, es decir, ser también cotizante.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

El cotizante es la persona que paga las cotizaciones al sistema de salud, como el trabajador vinculado con un contrato de trabajo, o el trabajador independiente.

No. Son excluyentes; o es cotizante o es beneficiario, y si tiene capacidad de pago, no puede ser beneficiario, debiendo obligatoriamente ser cotizante.

El cotizante es la persona que paga las cotizaciones y paga por sus servicios de salud, mientras que el beneficiario es la persona que, sin pagar aportes, se beneficia de los servicios de salud por conducto de quien los ha pagado, del cotizante.

Pueden ser beneficiarios los miembros del grupo familiar del cotizante.

Puede afiliar a los familiares que hacen parte de su grupo familiar, teniendo en cuenta que unos pueden excluir a otros. Por ejemplo, no puede afiliar a sus padres si tiene cónyuge e hijos.

Todos los que cumplan los requisitos, pues la ley no limita la cantidad o número, sino la condición del beneficiario. Por ejemplo, puede afiliar a los hijos, tenga 1 o tenga 20. Si tiene hijos, no puede afiliar a los padres, y esa limitación no depende del número de hijos que tenga.

Debe solicitar el certificado de afiliación ante la EPS a la que está afiliado, en el que se especifica el tipo de afiliado, que puede ser cotizante (titular) o beneficiario.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2024, enero 28). Beneficiarios en el sistema de salud [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/beneficiarios-en-el-sistema-de-salud.html

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20 comentarios
  1. Claudia Madre Cabeza de Familia septiembre 19 de 2024

    Si soy cotizante de Sanitas y tengo una hija con síndrome de Down que es mi beneficiaria y que nunca ha trabajado y no tiene ARL, ¿cómo saco en Colombia un dictamen de pérdida de capacidad laboral para reclamar una pensión de sobreviviente del padre que falleció, si no cuento con recursos económicos porque dependíamos de él?

    Responder
  2. Martha L. enero 4 de 2024

    Buenas noches.

    Como beneficiaria de mi esposo en salud, ¿puedo afiliarme a pensión como independiente?

    Mil gracias.

    Responder
  3. Carolina enero 25 de 2023

    Buena tarde:

    Un hermano de una persona cotizante a una EPS, que es discapacitado y tiene una calificación de invalidez del 85%, puede ser beneficiario de este, sin pagar un UPC adicional, teniendo en cuenta que no tiene esposo, hijos o padres, y que el hermano depende económicamente de él y tiene custodia del bienestar familiar.

    Gracias.

    Responder
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a Carolina noviembre 3 de 2024

      No. La ley no contempló esa posibilidad. En tal caso, deberá vincularse al régimen subsidiado, por lo que el servicio de salud, al final, es garantizado por el Estado.

      Responder
  4. Hernando enero 19 de 2023

    Necesito saber también si puedo retirarme del régimen de salud de la Policía e ingresar a una EPS sin que esto afecte mi asignación de retiro. Mil gracias.

    Responder
  5. Hernando Villada enero 19 de 2023

    Buenos días. Mi hijo de 15 años se encuentra en régimen especial de salud de la Policía Nacional. Necesito sacarlo de allí (ingresarlo a una EPS), pero la EPS no me aceptó. ¿Cuál es el procedimiento para desafiliarlo de la Policía Nacional y afiliarlo a la EPS de la mamá? Gracias.

    Responder
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a Hernando Villada noviembre 3 de 2024

      La mamá, como cotizante, debería poder afiliarlo como su beneficiario, previo retiro del sistema de salud de la policía como beneficiario.

      Responder
  6. Lizeth agosto 22 de 2022

    Mi papá está como beneficiario del servicio de salud de mi mamá, pero quiere continuar pagando su pensión. ¿Esto se puede hacer?

    Responder
    • Gbot
      Gbot en respuesta a Lizeth octubre 14 de 2024

      No, la seguridad social es integral y debe pagar tanto salud como pensión.

      Responder
  7. NEYAMOMO febrero 1 de 2022

    Buenas tardes. No tengo trabajo y, por eso, no puedo seguir cotizando para la pensión. ¿Cómo puedo ser solo beneficiaria sin pagar la pensión, que a propósito ya cumplí las semanas?

    Responder
    • Gbot
      Gbot en respuesta a NEYAMOMO agosto 7 de 2024

      Usted puede ser beneficiaria debido a que al no tener ingresos no puede ni debe ser cotizante.

      Responder
  8. Juan enero 31 de 2022

    Buenas tardes. Tengo una pregunta. Yo soy cotizante y he tenido a mis padres como beneficiarios. Hace algún tiempo, quiero que mi esposa y mis dos hijos, uno de 2 años y otro de 11 años, que dependen económicamente de mí, se puedan afiliar todos como mis beneficiarios. ¿Gracias por la respuesta?

    Responder
    • Gbot
      Gbot en respuesta a Juan julio 25 de 2024

      Si afilia a su cónyuge y a los hijos no puede afiliar a los padres y viceversa. La afiliación de los padres sólo procede cuando no se tiene cónyuge ni hijos.

      Responder
  9. Juliana Ramirez enero 19 de 2022

    Buen día.

    Siempre he sido cotizante, pero actualmente, durante este año, estaré en inactividad por algunos meses (no generaré ingresos). En este caso, ¿es posible inscribirme como beneficiaria de mi esposo y seguir pagando mi afiliación a medicina prepagada?

    Muchas gracias.

    Responder
    • Gbot
      Gbot en respuesta a Juliana Ramirez agosto 28 de 2024

      Sí. Puede inscribirse como beneficiaria de su esposo y seguir pagando la medicina prepagada.

      Responder
  10. Maria Teresa enero 3 de 2022

    Hola, buen día. Tengo una pregunta: soy una persona soltera y cotizo hace más de 20 años en una EPS. Tengo a mis padres como beneficiarios. Si llego a fallecer, ¿qué sucederá con ellos? Gracias.

    Mi correo es [email protected].

    Responder
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a Maria Teresa noviembre 3 de 2024

      Cuando los cotizantes fallecen, los beneficiarios dejan de ser beneficiarios y deberán afiliarse como independientes, como beneficiarios de otro cotizante o afiliarse al régimen subsidiado en salud.

      Responder

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