Qué hacer si no responden un derecho de petición

Es un derecho del ciudadano elevar peticiones a las autoridades, y debe haber una respuesta a las mismas. Sin embargo, en algunos casos, los funcionarios no responden los derechos de petición, y es preciso saber qué se puede hacer al respecto.

Qué pasa si no responden un derecho de petición.

El funcionario que reciba un derecho de petición y sea competente para responderlo tiene la obligación legal de hacerlo.

Sin embargo, el ciudadano no cuenta con muchas herramientas que pueda utilizar cuando la entidad o autoridad peticionaria no responde su petición, excepto la queja disciplinaria y, eventualmente, la acción de tutela.

No responder un derecho de petición es una falta disciplinaria que puede llevar al funcionario a ser sancionado, como se explicará a continuación.

Queja disciplinaria en caso de que no respondan un derecho de petición.

La Ley 1755 de 2015 contempla la imposición de sanciones disciplinarias para los funcionarios que no tramiten los derechos de petición.

El artículo 31 contempla como falta disciplinaria la falta de atención a los derechos de petición elevados por los ciudadanos.

Dice la norma sobre la consecuencia de esa omisión:

«La falta de atención a las peticiones y a los términos para resolver, la contravención a las prohibiciones y el desconocimiento de los derechos de las personas de que trata esta Parte Primera del Código, constituirán falta para el servidor público y darán lugar a las sanciones correspondientes de acuerdo con el régimen disciplinario.»

En consecuencia, la persona a la que no le responden el derecho de petición puede colocar la queja ante la misma entidad o ante la Procuraduría General de la Nación.

Procedencia de la acción de tutela frente al derecho de petición.

Por regla general, la tutela no se puede interponer para conseguir que se dé respuesta a un derecho de petición, pero si el hecho de no atender un derecho de petición vulnera o afecta un derecho constitucional considerado fundamental, la tutela procede de forma excepcional.

Recordemos que la entidad o el particular al que se le ha elevado un derecho de petición tienen un tiempo perentorio para dar respuesta:

  1. Quince (15) días para contestar quejas, reclamos y manifestaciones.
  2. Diez (10) días para contestar peticiones de información.
  3. Treinta (30) días para contestar consultas.

Si el derecho de petición no se atiende dentro de esos plazos, además de que el funcionario público incurre en causal de mala conducta, permite al peticionario recurrir a la acción de tutela para exigir el amparo de sus derechos.

Sobre la procedencia de la acción de tutela para exigir el cumplimiento o atención de un derecho de petición, la Corte Constitucional se ha pronunciado en múltiples sentencias, y en una de ellas [T-235 de 2002] consideró lo siguiente:

«En otras palabras, cuando una persona solicita que se le reconozca su pensión y no se le responde, ello implica no solamente la violación del derecho fundamental de petición, sino también del derecho a obtener el reconocimiento de la pensión de jubilación. Al respecto señaló la Corte: "Es muy grave el perjuicio que se le ocasiona a un aspirante a pensionado, que teniendo el derecho para gozar de la prestación, no se le resuelve de fondo a su pretensión. Respuestas simplemente formales, como ha ocurrido en el presente caso, donde en muchas ocasiones se reproduce una primera contestación y no se resuelve materialmente, no constituyen una contestación adecuada al derecho de petición6.»

Es claro entonces que ante la falta de respuesta al derecho de petición se vulnera un derecho fundamental; el ciudadano puede recurrir a la acción de tutela.

¿Responsabilidad administrativa por no responder un derecho de petición?

Algunos autores opinan que se puede configurar una responsabilidad cuando la autoridad no da respuesta a un derecho de petición, y en ocasión a ello se causa un grave perjuicio al peticionario.

Es evidente que, si en razón de la falta de respuesta al derecho de petición se causa un daño o perjuicio, parece viable demandar a la entidad causante del daño para que lo indemnice, y le corresponde al demandante probar la existencia del daño y cuantificar su monto.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2021, julio 2). Qué hacer si no responden un derecho de petición [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/accion-de-tutela-procede-para-exigir-el-cumplimiento-de-un-derecho-de-peticion.html

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25 comentarios
  1. marco agosto 21 de 2024

    El Museo de Antioquia no dio respuesta a mi derecho de petición. ¿Qué debo hacer? Muchas gracias.

    Responder a marco
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a marco agosto 21 de 2024

      La única herramienta en esos casos es la acción de tutela, siempre que el peticionado tenga la obligación legal de responder peticiones, puesto que si es una empresa privada no siempre está obligada a responder.

      Responder a Gerencie.com
  2. Henry Zabaleta julio 31 de 2024

    Vivo en un edificio de propiedad horizontal, soy propietario, tengo movilidad reducida y la señora administradora me está negando el derecho a parqueadero o a zonas comunes. Presenté un derecho de petición y me respondieron con evasivas, sin ofrecer una respuesta, ni siquiera negativa, a mi solicitud. Me encuentro al día con el conjunto. ¿Qué debo hacer? Gracias.

    Responder a Henry Zabaleta
  3. Flavio Alberto Perea Bermudez enero 11 de 2024

    Cuando interpongo un derecho de petición a una entidad administrativa encargada de compensar a una víctima por desplazamiento forzado y no me responde, habiendo agotado los tiempos de ley, ¿es aconsejable interponer la acción de tutela o la queja ante la Procuraduría? Muchas gracias. Quedo atento.

    Responder a Flavio Alberto Perea Bermudez
  4. Dully octubre 7 de 2023

    Debes hacer una tutela inmediatamente para que se le restablezcan sus derechos, ya que se está incurriendo en una falta grave.

    Responder a Dully
  5. Juan Arias agosto 28 de 2023

    Fui despedido sin justa causa por mis empleadores, quienes al momento de contratarme lo hicieron con un contrato verbal. Cumplí con el horario, con las órdenes del empleador y con un salario al destajo, que no superaba el mínimo legal. Nunca tuve pago de prestaciones sociales ni seguridad social. Trabajé aproximadamente 16 años con dicha empresa y, como liquidación, me pagaron con especie, específicamente con una máquina evaluada en 800.000 pesos colombianos. Dado que dejé pasar más de 3 años para demandar a la empresa por violación de los derechos laborales, hoy en día presenté un derecho de petición a la empresa solicitando un certificado laboral, pero esta no me ha respondido. ¿Qué debo hacer para que me respondan el derecho de petición? Mi intención es demandar a la empresa para que me paguen la pensión por los 16 años laborados.

    Responder a Juan Arias
    • ASESOR LEGAL en respuesta a Juan Arias febrero 15 de 2024

      Tan pronto como se venza el término legal sin que le respondan a la petición, es aconsejable instaurar la acción de tutela inmediatamente. Para más información, comuníquese al 3158247190 con un abogado.

      Responder a ASESOR LEGAL
  6. Armando Figueroa. agosto 15 de 2023

    Tajantemente se violan sus derechos ciudadanos, y para ello es recomendable que interponga usted un amparo indirecto ante la justicia federal por la vulneración de su derecho de petición, ya que la autoridad emisora del dolor ha infringido el artículo 8 de la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos. Además, le sugiero verificar si es una autoridad local la que no le responde, también en la Constitución de la Entidad Federativa donde resida. Saludos. Atentamente, C. Armando F. C.

    Responder a Armando Figueroa.
  7. DANNA julio 13 de 2023

    En la factura del gas, me llegó un cobro injustificado de un supuesto servicio adquirido con COOSERPARK. Realicé un derecho de petición y no han contestado. Esta empresa es abusiva; no sé de dónde saca los datos de los usuarios y realiza cobros indiscriminados por algo que no se ha adquirido. Hago la denuncia aquí para que estén atentos.

    Responder a DANNA
  8. Chucho octubre 11 de 2022

    Buenos días:

    Si una empresa de taxis no responde por el daño a mi vehículo, causado por un conductor que lo golpeó y se dio a la fuga (alcancé a grabar un video del incidente), ¿qué se debe hacer? Ya han pasado más de 15 días desde que les envié un derecho de petición, en el que solicité el nombre del propietario para citarlo a la Personería, y no me han respondido. ¿Cuál es el paso a seguir?

    Responder a Chucho
  9. Jearve Mayo octubre 11 de 2022

    Buenos días: en Bucaramanga, un taxi golpeó mi vehículo, que se encontraba parqueado. Me bajé e hice un video de los dos vehículos y del taxista. De improviso, el taxista se subió al taxi y se marchó. Con el video, ubiqué la empresa y me dieron el número del celular del propietario, quien se negó a pagar. Les envié un derecho de petición (pidiendo el nombre del propietario y del conductor) para citarlos a la Personería. Ya van más de 15 días y no responden. ¿Cuál es el paso a seguir?

    Responder a Jearve Mayo
  10. servidor publico septiembre 27 de 2022

    Buenas tardes. Impuse un derecho de petición para que se abra una investigación disciplinaria a un funcionario público y además presidente del concejo, por amenazas a pelear dentro de una institución pública, usando lenguaje vulgar y demás ofensas. Ha pasado un año y, hasta el momento, no he recibido respuesta alguna.

    Responder a servidor publico
  11. oswaldo agosto 30 de 2022

    Buen día. Si la administración de un conjunto no responde a mi derecho de petición, ¿dónde puedo manifestar mi inconformidad? Es decir, ¿a qué entidad puedo acudir para que los obliguen a contestarme y darme explicaciones sobre mi derecho de petición? Gracias por informarme.

    Responder a oswaldo
  12. oswaldo agosto 30 de 2022

    Buen día. Si la administración de un conjunto no responde a mi derecho de petición, ¿dónde puedo manifestar mi inconformidad? Es decir, ¿a qué entidad puedo dirigirme para que los obligue a contestarme y darme explicaciones sobre mi derecho de petición? Gracias por informarme.

    Responder a oswaldo
  13. Jhon Rodriguez julio 25 de 2022

    Pasé una solicitud a la empresa donde trabajo, que es una empresa privada de transporte individual de taxis. En la empresa tenemos que realizar mensualmente los pagos correspondientes al sostenimiento, la seguridad social y otros. La verdad es que, por cuestiones ajenas, mi padre dejó de realizar los pagos mensuales y tenía una deuda. Se hizo un acuerdo de pago que se venía cumpliendo correctamente, pero debido a daños en el vehículo, el cual estuvo parado sin trabajar, no pudimos continuar con los pagos y nos atrasamos nuevamente. Nunca hemos desconocido la deuda y ahora que el carro está funcionando, hemos enviado una solicitud a la empresa para que comprendan la situación que se nos presentó, en la que adjuntamos todos los soportes (facturas de arreglo del carro). En este documento solicitamos que nos permitan cancelar la deuda de 500,000 pesos mensuales.

    1. ¿Este documento que enviamos tiene validez como derecho de petición?
    2. ¿Qué sucede si nunca reciben respuesta a esta solicitud, considerando que es una empresa privada y no pública? Aunque esto me vulnera el derecho al trabajo.

    Agradezco la asesoría que me puedan brindar.

    Responder a Jhon Rodriguez
  14. valiente julio 13 de 2022

    Pasé un derecho de petición para la instalación de acometida de servicio público (energía). Pasaron quince días y no obtuve respuesta. ¿Qué debo hacer?

    Responder a valiente
  15. Marianela junio 6 de 2022

    Buenos días:

    Envié un derecho de petición al administrador del conjunto donde vivo, pero no he recibido respuesta. Los arrendatarios del piso de arriba ponen música de lunes a viernes durante el día y los fines de semana. Envié mi derecho de petición al administrador para que se active el comité de convivencia, pero tampoco he obtenido ninguna respuesta.

    Nos citaron para una conciliación, y la arrendataria no asistió.

    ¿Qué debo hacer en este caso?

    Responder a Marianela
  16. bukele mayo 29 de 2022

    Buenas,
    Por favor, agradezco cualquier asesoría que puedan darme.
    Presenté un derecho de petición al dueño de un negocio que está al lado de mi casa, el cual me afecta con la grasa y otros factores, pero nunca me respondieron. ¿Qué más debería hacer?

    Responder a bukele
  17. Vanessa abril 26 de 2022

    Buenos días. Si ya he recibido respuesta a mi derecho de petición, pero no estoy conforme con ella, ¿puedo proceder a remitir una queja ante la misma entidad?

    Responder a Vanessa
  18. moreno marzo 24 de 2022

    Buenos días. Mi caso es el siguiente: envié derechos de petición y no me atendieron. Después me dirigí a la institución y ellos se lo enviaron al fiscal, quien tampoco respondió, y esto ocurrió en varias ocasiones. Finalmente, restauré la tutela y así me contestaron dentro del término que le dio el juez, pero la tutela me la negaron. ¿Qué debo hacer?

    Andrés Moreno
    Cel: 311 228 4292
    Correo: [email protected]

    Gracias.

    Responder a moreno
  19. LUIS marzo 9 de 2022

    ¿Qué debo hacer si no me contestan la respuesta de una petición y tengo un radicado cuyo término está vencido?

    Responder a LUIS
  20. [email protected] febrero 11 de 2022

    Buenos días. Y si quien no responde es la Superintendencia de Salud, ¿a quién se debe recurrir?

    Responder a [email protected]
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a [email protected] noviembre 16 de 2024

      Puede recurrir a la Procuraduría para presentar una queja disciplinaria y, además, recurrir a la acción de tutela ante la negativa de la entidad de responder el derecho de petición.

      Responder a Gerencie.com
  21. alejalyonoga enero 7 de 2022

    Buen día. Quiero, por favor, que me asesoren. Me respondieron un derecho de petición con evasivas y poca claridad. ¿Puedo apelar esta información? ¿Bajo qué documento puedo contestar?

    Responder a alejalyonoga

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