La edad para pensionarse en Colombia es de 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres, siempre que hayan cotizado las semanas mínimas requeridas.
Edad como requisito para pensionarse.
El cumplimiento de la edad es uno de los dos requisitos que se deben cumplir en Colombia para tener derecho a la pensión. El otro requisito es tener el mínimo de semanas cotizadas o el capital necesario si está afiliado en los fondos privados.
Antes de entrar en detalle sobre la edad mínima con la que una persona en Colombia se puede pensionar, debemos precisar que existen dos regímenes de pensiones:
- Régimen de ahorro individual
- Régimen de prima media
La edad depende del régimen al que esté afiliada la persona, es decir, si está afiliada a Colpensiones o a un fondo privado de pensiones.
Edad mínima para pensionarse en Colombia.
Considerando los dos regímenes de pensión vigentes en Colombia, tenemos dos situaciones muy diferentes con el límite de edad.
Edad para pensionarse en el régimen de ahorro individual.
En el régimen de ahorro individual no se ha considerado una edad mínima para lograr la pensión, puesto que en los fondos privados todo se limita a tener o alcanzar el capital necesario para financiarse la pensión, de manera que teóricamente una persona se puede pensionar a la edad que quiera, o la edad que pueda según su capacidad económica.
Aquí el requisito no es la edad, sino la cantidad de dinero que haya ahorrado en su cuenta individual.
Edad para pensionarse en el régimen de prima media.
En el égimen de prima media con prestación definida, que actualmente gestiona Colpensiones, sí hay unos límites de edad mínimos, que son diferentes en hombres y mujeres.
Según el artículo 36 de la ley 100 de 1993, a partir del año 2015, la edad para acceder a la pensión será:
- Mujeres: 57 años
- Hombres: 62 años
Anterior a 2015, la edad mínima para la pensión era la siguiente:
- Mujeres: 55 años
- Hombres: 60 años
Así, las personas que no hayan cumplido con los requisitos para ser beneficiarios del régimen de transición se pensionan a los 57 años si son mujeres y a los 62 años si son hombres.
Tengo la edad para pensionarme, pero no el tiempo cotizado.
Si usted tiene la edad para pensionarse, pero no tiene el tiempo cotizado, tiene dos posibilidades:
- Seguir cotizando hasta completar las semanas cotizadas.
- Retirar los aportes (indemnización sustitutiva o devolución de saldos).
Si está afiliado al régimen de prima media y no quiere seguir cotizando, puede optar por la indemnización sustitutiva de la pensión, tema desarrollado en el siguiente artículo.
Si está afiliado a un fondo privado de pensiones, es lo mismo, solo que en este caso se llama devolución de saldos.
La decisión de seguir cotizando o retirar los aportes seguramente dependerá de cuántas semanas de cotización le hagan falta.
Edad de pensión de las mujeres.
Las mujeres se pensionan a los 57 años.
Edad de pensión de los hombres.
Los hombres se pensionan a los 62 años.
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com. (2022, marzo 2). Edad de pensión en Colombia [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/a-que-edad-se-pensiona-en-colombia.html
Buenas tardes:
Si una persona llega a la edad de jubilación y tiene las semanas necesarias para jubilarse, ya sea hombre o mujer, ¿puede seguir pagando aportes a pensión?
Sí, la persona puede seguir cotizando a pensión para incrementar su porcentaje de reemplazo, que depende de las semanas cotizadas que superen las mínimas necesarias. Lo que puede proyectar en esta calculadora en línea.
Si he estado laborando desde el año 2005, ¿la edad para pensionarme sería 55 o 57 años? ¿Y esa edad se amplía según se actualizan las normas, o es fija de acuerdo con la fecha en que uno empieza a cotizar? Estoy en Colpensiones.
La edad para pensionarse es a los 57 años, hasta tanto no haya otra ley que cambie esa edad, caso en el cual la ley establecerá para qué afiliadas aplicará esa reducción o incremento de edad.