La vida útil de los activos de la empresa, como el caso de los activos fijos y cualquier otro activo susceptible de ser depreciado, es utilizada para calcular la alícuota de depreciación anual, y en Colombia esa vida útil está regulada por la norma fiscal que se impone a la técnica contable.
¿Qué es la vida útil de un activo?
La vida útil es el tiempo durante el cual se espera que un activo funcione y participe en la generación de los ingresos o renta de la empresa.
Todo activo es susceptible de sufrir desgaste por el uso que se haga de él, de modo que al pasar el tiempo, ese activo termina siendo inservible, siendo incapaz de generar beneficios para la empresa.
El valor o costo del activo se debe amortizar en la medida en que se va desgastando, y para determinar en qué porcentaje se desgasta o se deprecia periódicamente, se determina la vida útil probable fijada en años, o en algunos casos, en unidades de producción, o en horas de trabajo, etc., pero en nuestro país se fija por lo general según el tiempo transcurrido.
Vida útil y tasa de depreciación anual.
Hoy, la norma no habla de vida útil como tal, sino de la tasa anual de depreciación, que viene a ser el resultado de dividir el 100% del activo por su vida útil.
La tasa de depreciación anual está limitada por el artículo 137 del estatuto tributario, que en primer lugar la remite a lo que disponga la técnica contable.
En consecuencia, la vida útil será la que se señale en las políticas contables de la empresa, que por supuesto debe ajustarse a lo que dispongan los estándares de contabilidad, pero la tasa así determinada no puede exceder los límites que señala la norma fiscal, por lo que hay cierta flexibilidad, siempre que la deducción fiscal no supere los topes fijados por el artículo 137 del estatuto tributario.
Vida útil para efectos fiscales.
El artículo 137 del estatuto tributario señala que, mientras se expide el reglamento, lo que aún no ha sucedido, se aplicarán los límites en la tabla allí contenida.
Esta tabla fija una tasa máxima de depreciación anual, que viene a equivaler a la vida útil del activo, pero expresada de otra forma.
Para ilustrar esa vida útil, hemos agregado una tercera columna a dicha tabla en la que se visualiza la vida útil equivalente en años:
Activo | Tasa de depreciación anual | Vida útil equivalente |
Construcciones y edificaciones | 2,22% | 45 años |
Acueducto, planta y redes | 2,50% | 40 años |
Vías de comunicación | 2,50% | 40 años |
Flota y equipo aéreo | 3,33% | 30 años |
Flota y equipo férreo | 5,00% | 20 años |
Flota y equipo fluvial | 6,67% | 15 años |
Armamento y equipo de vigilancia | 10,00% | 10 años |
Equipo eléctrico | 10,00% | 10 años |
Flota y equipo de transporte terrestre | 10,00% | 10 años |
Maquinaria, equipos | 10,00% | 10 años |
Muebles y enseres | 10,00% | 10 años |
Equipo médico científico | 12,50% | 8 años |
Envases, empaques y herramientas | 20,00% | 5 años |
Equipo de computación | 20,00% | 5 años |
Redes de procesamiento de datos | 20,00% | 5 años |
Equipo de comunicación | 20,00% | 5 años |
Por ejemplo, para el caso de la flota y equipo de transporte, la tasa máxima de depreciación anual es del 10%, lo que equivale a una vida útil de 10 años, puesto que 100%/10 años nos arroja 10% anual.
Vida útil en el marco legal anterior.
Recordemos que la vida útil establecida en el decreto 3019 de 1989, compilado por el decreto 1625 de 2016, contemplaba lo siguiente:
Activo | Vida útil |
Vehículos y computadores | 5 años. |
Maquinaria y equipo | 10 años |
Edificaciones y construcciones | 20 años. |
La norma antigua consideraba sólo tres grupos de activos, en cambio la ley ahora considera 16 grupos, y la vida útil de algunos activos se incrementó considerablemente.
Es el caso de que la vida útil de los equipos de transporte cambió con respecto al reglamento antiguo, que establecía una vida útil de 5 años, lo que permitía depreciar a una tasa del 20% anual.
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