La venta de activos fijos no está gravada con el impuesto a las ventas y, por tanto, no se genera ni se factura IVA, excepto en contadas excepciones.
IVA en la venta de activos fijos.
La venta de activos fijos no genera IVA, de manera que se debe facturar la venta del activo, pero no cobrar IVA.
Recordemos que el activo fijo es el bien, producto o propiedad que está clasificado precisamente como activo fijo, es decir, que no figura en el inventario del contribuyente, como mercancías o producto para la venta.
Esta aclaración se hace en razón a que un producto puede ser activo fijo para el comprador, pero activo movible para el vendedor, como el clásico ejemplo de los vehículos, que es activo fijo para quien lo compra y movible para el concesionario.
Venta de activos fijos como hecho generador del IVA.
Los hechos generadores del impuesto a las ventas están señalados en el artículo 420 del estatuto tributario, y el parágrafo primero señala:
«El impuesto no se aplicará a las ventas de activos fijos, salvo que se trate de las excepciones previstas para los bienes inmuebles de uso residencial, automotores y demás activos fijos que se vendan habitualmente a nombre y por cuenta de terceros y para los aerodinos.»
La norma es clara en señalar que la venta de activos fijos no genera IVA, excepto en los siguientes casos:
- Venta de aerodinos.
- Bienes inmuebles de uso residencial, automotores y demás activos fijos que se vendan habitualmente a nombre y por cuenta de terceros.
En el caso número 2, el IVA aplica para el intermediario o comisionista en la venta, pero no por la venta del activo en sí, y la base gravable es la que señala el artículo 456 del estatuto tributario:
«En las ventas de activos fijos realizadas habitualmente por cuenta y a nombre de terceros, la base gravable estará conformada por la parte del valor de la operación que le corresponda al intermediario, más la comisión, honorarios y demás emolumentos a que tenga derecho por razón del negocio.»
El IVA no es sobre la venta del activo fijo, sino sobre la comisión de la venta, que es muy distinto.
De manera que quien venda una casa directamente no debe cobrar IVA, pues se trata de un activo fijo.
Venta de activos fijos gravados con IVA.
Se debe aclarar que un producto puede estar gravado con IVA, pero en caso de que ese producto haga parte del activo fijo del contribuyente, al venderse no genera IVA.
Supongamos un televisor, que su venta está gravada con IVA y cuando el contribuyente lo compró pagó IVA por él, pero si ese televisor fue utilizado para proyectar conferencias en la sala de reuniones, tiene la naturaleza de activo fijo y, en caso de ser vendido, no se genera IVA.
Para ir un poco más allá, un almacén de electrodomésticos tiene un televisor para que sus clientes vean los partidos de fútbol. Ese televisor hace parte del activo fijo del almacén y, cuando lo venda, no debe cobrar IVA, pues ese televisor no hacía parte de los inventarios.
Un mismo producto puede ser clasificado como activo movible para un contribuyente, caso en el cual su venta genera IVA, y como activo para otro contribuyente o para el mismo, cuya venta no genera IVA.
Cuando al comprar un activo fijo se paga el IVA, que es un asunto diferente, el tratamiento es el que señalamos en el artículo anterior, que básicamente consiste en hacer parte del mayor valor del activo.
¿Artículos de segunda mano tienen IVA?
Los artículos de segunda mano, es decir, los productos usados, pueden tener IVA o no, dependiendo de si estaban clasificados como activo fijo o no.
Generalmente, los productos usados han sido utilizados por el vendedor, y ello implica que hacían parte del activo fijo, caso en el cual, cuando se vendan, no generan IVA, como el ejemplo del televisor usado por el almacén de electrodomésticos, pues estamos ante un activo fijo usado.
Pero si el producto usado hace parte del inventario, como el almacén que compra y vende productos usados, esa venta sí genera IVA, como cualquier venta de productos movibles.
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