Vacaciones en el contrato de trabajo a término fijo

Como es de esperarse, en el contrato de trabajo a término fijo el trabajador tiene derecho a sus vacaciones remuneradas incluso si la duración del contrato es de apenas un mes o incluso menos.

Vacaciones en contratos a término fijo.

El artículo 186 del Código Sustantivo del Trabajo señala que por cada año de trabajo el empleado tiene derecho a 15 días hábiles de descanso remunerado.

Cuando el contrato de trabajo tiene una duración mayor a un año, no hay duda respecto a las vacaciones.

Cuando el contrato tiene una duración inferior a un año, las vacaciones se liquidan en proporción al tiempo que haya durado el contrato, ya sean 6 meses o 1 mes.

Liquidación de las vacaciones.

En tal caso, las vacaciones se liquidan según la siguiente fórmula:

(Salario base x Días trabajados) / 720

Así, tratándose de un contrato de trabajo a 6 meses, en un trabajador con salario de $1.500.000 al mes, sus vacaciones serían aproximadamente:

1.500.000 x 180 / 720 = 375.000

La variable que cambia es la de días trabajados, es decir,  los días que estuvo vigente el contrato de trabajo, que pueden ser un mes (30 días),  2 meses (60 días), 3 meses (90 días), etc.

De esta forma las vacaciones se reconocen en proporción a la duración del contrato de trabajo, lo que puede hacer en línea en esta herramienta.

Vacaciones cuando el contrato de trabajo a término fijo se renueva.

Cuando el contrato de trabajo no se liquida, sino que se renueva, no es necesario que se liquiden las vacaciones para volver a empezar a contabilizar el tiempo respectivo.

Liquidación de las vacaciones.Conozca el procedimiento a seguir para liquidar las vacaciones, tanto su provisión como su liquidación definitiva.

Por ejemplo, si el contrato se firmó por 6 meses y luego se renovó por otros 6 meses, no es necesario que se liquiden las vacaciones del primer contrato a 6 meses, sino que, como el contrato continúa su curso, se espera a que el trabajador cumpla el año y luego se otorgan las vacaciones, o se liquidan si el contrato de trabajo no es renovado nuevamente.

¿Si tengo un contrato de 6 meses, tengo derecho a vacaciones?

Sí, tiene derecho a las vacaciones en proporción a 6 meses, teniendo en cuenta que por un año de trabajo se tiene derecho a 15 días hábiles de vacaciones.

Sin embargo, las vacaciones no se otorgan efectivamente, sino que se pagan en dinero en razón a que, cuando termine el contrato, no ha transcurrido el tiempo necesario para que se otorguen las vacaciones como tal, así que estas son compensadas en dinero.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2024, septiembre 5). Vacaciones en el contrato de trabajo a término fijo [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/vacaciones-en-contrato-de-trabajo-a-termino-fijo.html

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