En el caso de las personas naturales, la obligación de presentar la declaración de renta se determina cada año de forma individual, en base a los topes para ese año en particular, sin considerar que en el año anterior haya tenido que declarar renta.
¿Si declaro una vez debo seguir declarando?
El simple hecho de haber declarado renta no significa que deba seguir declarando en los años siguientes.
Si la persona no supera ninguno de los topes para declarar renta, no debe hacerlo, ya que el hecho de haber tenido que declarar renta el año pasado no es un requisito a considerar.
Si usted debió declarar el año pasado debido a que superó los topes que la ley ha fijado para no declarar, pero este año no los supera, no debe presentar la declaración de renta.
Esto les ocurre a personas que en el pasado tuvieron que declarar por conceptos que cambian de un año a otro, como consignaciones o ingresos.
Si se declaró por superar el tope de patrimonio, al ser un concepto más estático que no disminuye con facilidad de un año a otro, probablemente todos los años deba seguir declarando hasta tanto su patrimonio no disminuya por debajo del tope que obliga a declarar.
Esto aplica únicamente para personas naturales, en razón de que las personas jurídicas sí deben declarar todos los años, independientemente de sus ingresos y patrimonio.
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