La ley laboral establece un salario mínimo en Colombia, de manera que el empleador debe pagar a un trabajador como mínimo ese salario, pero hay excepciones a esta regla general.
Salarios inferiores al mínimo legal.
Un salario inferior al mínimo legal es posible en los casos en que la jornada laboral es inferior a la que considera la ley. Así lo dispone el artículo 147 del Código Sustantivo del Trabajo en su numeral 3:
«Para quienes laboren jornadas inferiores a las máximas legales y devenguen el salario mínimo legal o convencional, éste regirá en proporción al número de horas efectivamente trabajadas, con excepción de la jornada especial de treinta seis horas previstas en el artículo siguiente.»
Es con base en esta norma que se puede pagar, por ejemplo, medio salario mínimo por un contrato de trabajo de medio tiempo.
Salario mínimo y jornada laboral.
El salario mínimo aplica para la jornada laboral legal, así que quien no labore esa jornada máxima legal, su salario puede ser proporcional a la jornada laboral.
Pero si el trabajador trabaja tiempo completo, no puede tener un salario inferior al mínimo, y lo único que se permite es un pago parcial en especie, es decir, que en efectivo puede recibir menos de un mínimo, y la otra parte en especie.
Preguntas frecuentes.
A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.
Si le pagan menos de un salario mínimo por una jornada laboral completa, puede, en primer lugar, denunciar al empleador ante el Ministerio del Trabajo y, en segundo lugar, demandar al empleador ante un juez laboral.
Naturalmente, lo ideal es no aceptar un trabajo donde le paguen menos de lo que la ley exige, pero si por necesidad debe hacerlo, entonces puede elegir una de las opciones anteriores o ambas.
No es legal pactar dentro del contrato de trabajo el pago de un salario inferior al salario mínimo legal mensual vigente si se requiere la prestación del servicio durante la jornada laboral máxima legal. Es posible hacerlo siempre que se trate de una jornada inferior, como medio tiempo, por ejemplo.
Sí, se puede hacer un contrato por menos de un salario mínimo, siempre que se pacte una jornada laboral de medio tiempo, por ejemplo.
Sí, es obligatorio pagar el salario mínimo cuando se contrata a un trabajador para que labore una jornada completa.
Además, téngase presente que los aportes a seguridad social se deben hacer como mínimo sobre el salario mínimo.
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