En Colombia, para ejercer la revisoría fiscal se requiere tener la calidad de contador público profesional, es decir, se debe tener el título de contador público y, además, se debe contar con la respectiva tarjeta profesional.
¿Quién puede ser revisor fiscal en Colombia?
En Colombia, puede ser revisor fiscal cualquier persona que tenga la calidad de contador público y que tenga vigente la respectiva tarjeta profesional.
Las sociedades de contadores públicos también pueden contratar servicios de revisoría fiscal, y quien la ejerza como tal debe tener la calidad de contador público.
En el pasado, se han presentado varios proyectos de ley para que otros profesionales distintos al contador público puedan ejercer como revisores fiscales, pero no han prosperado.
Para ser revisor fiscal no es requisito ser especialista en revisoría fiscal.
Nos consultan nuestros lectores si es posible que un contador público que no tiene una especialización en revisoría fiscal se pueda desempeñar como revisor fiscal.
La respuesta corta es sí. La razón es que la ley no exige nada más que la calidad de contador público.
La ley 43 de 1990, en su artículo 13, dice claramente que para desempeñarse como revisor fiscal se debe tener la calidad de contador público, y el código de comercio, en su artículo 215, dice también que el revisor fiscal deberá ser contador público.
Tanto la ley 43 de 1990 como el código de comercio se limitan a exigir que, para ser revisor fiscal, se debe tener la calidad de contador público, sin exigir formación adicional. De modo que, desde el punto de vista legal, no hace falta que el contador público tenga una especialización en revisoría fiscal para ser nombrado como revisor fiscal.
No obstante, como se trata de contratar a los profesionales más idóneos, algunas empresas, como política interna, exigen que el revisor fiscal sea un contador público con especialización en revisoría fiscal.
Pero, para efectos legales tanto comerciales como tributarios, solo se debe acreditar la calidad de contador público.
Adicionalmente, se suele solicitar el certificado de incidentes disciplinarios que expide la Junta Central de Contadores, que no es un requisito que figure en la ley, pero en muchas empresas o entidades se exige.
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