El rentista de capital es la persona que obtiene ingresos de su capital, de sus inversiones, de sus propiedades y no de su fuerza laboral.
Qué son las rentas de capital
El capital es todo activo o propiedad que tiene una persona, y las rentas de capital son los ingresos que le generan esos activos, ese patrimonio.
Por ejemplo, quien tiene un apartamento y lo arrienda, ese arrendamiento es un ingreso de capital, pues el capital de esa persona está representado en su apartamento.
Dentro de los activos que generan rentas de capital tenemos las cuentas bancarias, CDTs, acciones, bonos, maquinarias y edificaciones. Todo ingreso obtenido de un activo es un ingreso o una renta de capital, contrario a lo que sucede con un ingreso producto de la fuerza laboral de una persona.
Rentas de capital en el impuesto a la renta
Tratándose del impuesto a la renta en Colombia, las rentas de capital hacen referencia a la cédula en la que se deben declarar los ingresos por rentas de capital.
El artículo 335 del estatuto tributario divide la cédula general en tres subcédulas, así:
- Rentas de trabajo.
- Rentas de capital.
- Rentas no laborales.
Respecto a las rentas de capital, señala la norma que son las obtenidas por concepto de intereses, rendimientos financieros, arrendamientos, regalías y explotación de la propiedad intelectual.
Por tanto, la persona natural que declare renta y que obtenga ingresos por cualquiera de esas actividades debe declararlas en la subcédula correspondiente.
Todo rentista de capital no necesariamente obtiene ingresos clasificados como rentas de capital, porque las rentas de capital obedecen a un concepto definido y delimitado por el artículo 335 del estatuto tributario, que no alcanza a cubrir el universo de un rentista de capital. Por lo que estos pueden tener ingresos que se deben clasificar en la cédula de rentas no laborales.
Esto es importante porque las rentas de capital solo pueden ser afectadas por determinadas deducciones y rentas exentas, aspecto que la DIAN suele revisar.
Rentista de capital vs trabajador independiente
El concepto de rentista de capital es diferente al de trabajador independiente, pues este, por lo general, es la persona que desarrolla una actividad personal de forma independiente, generalmente vinculada por un contrato de servicios.
Un contador público que ofrece asesorías y consultorías es un trabajador independiente y no un rentista de capital.
De manera que si los ingresos de una persona provienen de su fuerza o actividad personal, sea física o mental, se clasifica como trabajador independiente.
Rentista de capital en el impuesto a la renta
Como ya lo señalamos, una de las cédulas, o mejor, subcédulas en el impuesto de renta de las personas naturales son las rentas de capital que señala el artículo 335 del estatuto tributario, y dependiendo del tipo de activos o inversiones que tenga la persona natural, puede tener una o dos cédulas, y así mismo debe declarar renta.
Código de actividad económica de rentistas de capital
Un rentista de capital puede tener dos códigos de actividad económica (CIIU) dependiendo del tipo de activos o capital que le esté generando ingresos, pero se utiliza generalmente la 0090.
Si la persona tiene activos arrendados, la actividad económica corresponde a la división 77, que trata sobre actividades de alquiler y arrendamientos.
Actividad económica 0090
La actividad económica 0090 corresponde a los rentistas de capital que son personas naturales únicamente a quienes queden cobijados en la siguiente definición.
«Personas naturales o sucesiones ilíquidas cuyos ingresos provienen de intereses, descuentos, beneficios, ganancias, utilidades y en general, todo cuanto represente rendimiento de capital o diferencia entre el valor invertido o aportado, y el valor futuro y/o pagado o abonado al aportante o inversionista.»
Es decir, que esta actividad es para quien invierte dinero, ya sea en cuentas bancarias o en acciones y demás instrumentos financieros y de inversión, mas no para otras formas que toman las rentas de capital por lo que es preciso individualizar cada concepto o fuente del ingreso para una correcta clasificación.
Los rentistas de capital deben cotizar a seguridad social como trabajadores independientes, aunque técnicamente no sean trabajadores independientes, pues el sistema de seguridad social solo tiene dos clasificaciones: los asalariados y los independientes, que son todos aquellos que no son asalariados.
Los rentistas de capital, como deben invertir capital para generar sus ingresos, esto es, deben incurrir en costos y deducciones para poder obtener rentas, para efectos de liquidar los aportes a seguridad social pueden detraer o descontar esos costos y gastos de acuerdo al artículo 107 del estatuto tributario.
De manera que los aportes a seguridad social se hacen sobre el 40% de su utilidad y no sobre el 40% de sus ingresos brutos.
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