Remuneración en el trabajo por turnos rotatorios por equipos

Las empresas que requieran implementar turnos de trabajo rotatorios por equipos, que impliquen laborar tanto turnos diurnos como nocturnos, pueden pactar una remuneración que cubra los recargos nocturnos en los términos del artículo 170 del Código Sustantivo del Trabajo:

«Cuando el trabajo por equipos implique la rotación sucesiva de turnos diurnos y nocturnos, las partes pueden estipular salarios uniformes para el trabajo diurno y nocturno, siempre que estos salarios comparados con los de actividades idénticas o similares en horas diurnas compensen los recargos legales.»

La norma se refiere a la situación en la que un equipo de trabajo rota entre turnos diurnos y turnos nocturnos. En estos casos, las partes (empleador y trabajador) pueden acordar que el salario sea el mismo para ambos turnos, es decir, un salario uniforme, sin que sea necesario pagar el recargo nocturno cuando el turno sea de noche, de modo que el trabajador devengará el mismo salario independientemente de los turnos nocturnos que realice.

Requisitos que exige el artículo 170 del Código Sustantivo del Trabajo

Para que sea válido el salario pactado que remunere de antemano el recargo nocturno, se deben cumplir los siguientes requisitos, según rememora la sala laboral de la Corte Suprema de Justicia en sentencia SL5432-2019:

  • Que se trate de una labor por equipos.
  • Que la labor implique la rotación sucesiva de turnos diurnos y nocturnos.
  • Que las partes hayan estipulado salarios uniformes para el trabajo diurno y nocturno, en tal forma que el acordado compense el recargo legal por el servicio nocturno.

Si no se cumplen esos presupuestos, no es posible la aplicación del artículo 170, lo que obliga al empleador a pagar los recargos nocturnos que se liquidarán con base en el salario pactado.

En el contrato de trabajo se debe pactar explícitamente que el salario compensa o remunera el recargo nocturno en los turnos nocturnos que se lleguen a laborar.

No es que se deje de pagar el recargo nocturno, sino que este queda incluido dentro del salario del trabajador.

Horas extras en los turnos rotativos por equipos

Como lo señala la misma sentencia referida, en los turnos rotativos por equipo se aplica la jornada máxima legal y, en consecuencia, si esta se excede, se deben reconocer los respectivos recargos, ya que el salario acordado en aplicación del artículo 170 del Código Sustantivo del Trabajo solo cubre el recargo nocturno.

Trabajo dominical y festivo en los turnos rotativos por equipos

Si el trabajador debe laborar en un día de descanso remunerado, como es un domingo o un festivo, se le debe pagar el respectivo recargo, pues este no está incluido en el salario según el artículo 170 del CST.

El objetivo del artículo 170 no es otro que pactar un salario uniforme para la jornada laboral ordinaria que se desarrolla alternativamente en horarios diurnos y nocturnos, y no comprende ningún otro concepto distinto al recargo nocturno.

El artículo 170 no aplica para los turnos de 24 horas

Esta modalidad especial de remuneración no aplica para los casos en que se hacen turnos de 24 horas y se descansan otras 24 horas, aunque implique laborar tanto turnos diurnos como nocturnos, como se establece en la sentencia referida anteriormente:

«Si en el caso litigioso, el actor prestó servicios en jornadas continuas de 24 horas al día, con descanso compensatorio durante las 24 horas del día siguiente, como lo afirma el Tribunal, ya no se está dentro de la hipótesis que contempla el artículo 170 en estudio, porque cada tuno comprendería el trabajo diurno y el nocturno de doce horas cada uno, en exceso de la jornada máxima legal.»

Una cosa es hacer un turno diurno y al día siguiente hacer un turno nocturno, a que hacer tanto el turno diurno como nocturno de forma consecutiva, o en un solo turno de 24 horas, algo que, como recuerda la Corte, excede todo límite la jornada máxima legal.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2024, octubre 22). Remuneración en el trabajo por turnos rotatorios por equipos [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/remuneracion-en-el-trabajo-por-turnos-rotatorios-por-equipos.html

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