Régimen simplificado 2022

El régimen simplificado en el impuesto a las ventas en el año 2022 corresponde a las personas naturales que no son responsables del IVA, que son aquellas que cumplen con los requisitos señalados por el parágrafo 3 del artículo 437 del estatuto tributario.

Topes régimen simplificado 2022.

Para pertenecer al régimen simplificado en 2022, o mejor, para no ser responsable del IVA durante 2022, ya que actualmente quienes no son responsables de IVA ya no se denominan régimen simplificado, deben cumplir con los siguientes topes:

Concepto. Monto.
Ingresos durante 2022: Inferiores a $133.014.000.
Ingresos en 2021: Inferiores a $127.078.000.
Contratos de venta o prestación de servicios durante 2022: Inferiores a $133.014.000.
Contratos de venta o prestación de servicios en 2021: Inferiores a $127.078.000.
Monto de consignaciones bancarias y depósitos durante 2022: Inferiores a $133.014.000.
Monto de consignaciones bancarias y depósitos en 2021: Inferiores a $127.078.000.
Número de establecimientos de comercio, locales u oficinas: Máximo 1.
Actividades que no debe realizar: Actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.
Usuario aduanero: No debe serlo.

Si se deja de cumplir un solo requisito, o se supera un solo tope, la persona natural debe inscribirse como responsable del IVA, que corresponde al antiguo régimen común.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2021, diciembre 28). Régimen simplificado 2022 [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/regimen-simplificado-2022.html

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