La seguridad social es una serie de servicios y beneficios a los que todo ciudadano tiene derecho, ya sea de parte de instituciones privadas previo pago de cotizaciones, o por parte del estado, que debe proveerla gratuitamente, aunque de forma parcial.
La seguridad social consiste en una serie de beneficios y prestaciones para garantizar la salud y seguridad de las personas.
Toda persona tiene derecho a los servicios de salud que garanticen su bienestar y el derecho a pensionarse.
La seguridad social debe ser integral, pero no es gratuita, por lo que no todos los ciudadanos pueden acceder a ella, y únicamente se garantiza, o se intenta garantizar, el derecho a la salud, que es apenas uno de los componentes de la seguridad social.
Básicamente, la seguridad social está compuesta por tres elementos que la conforman, a saber:
- Salud.
- Pensión.
- Riesgos laborales.
Todo ciudadano tiene derecho a los servicios de salud, ya sea mediante pago previo o gratuitamente por parte del estado mediante el Sisben.
La pensión es un derecho, pero la persona debe pagar por ella mediante cotizaciones periódicas por un término que la ley ha dispuesto.
Los riesgos laborales son un seguro que cubre cualquier eventualidad que tenga relación con el desarrollo de actividades laborales.
Todo colombiano, y en especial todo trabajador, tiene derecho a que se le garantice la seguridad social integral, entendida esta como la cobertura en salud y los riesgos de invalidez, vejez y muerte, al igual que la cobertura en caso de accidentes de trabajo.
Aunque la Constitución Nacional establece que el estado debe garantizar la seguridad social de los ciudadanos, quienes realmente la deben garantizar son los empleadores que vinculan trabajadores mediante contrato de trabajo, puesto que deben afiliar al trabajador a las distintas entidades que administran la seguridad social.
La ley 100 de 1993, que es el marco legal general de la seguridad social, define a esta de la siguiente forma:
«La Seguridad Social Integral es el conjunto de instituciones, normas y procedimientos de que disponen la persona y la comunidad para gozar de una calidad de vida mediante el cumplimiento progresivo de los planes y programas que el Estado y la sociedad desarrollen para proporcionar la cobertura integral de las contingencias, especialmente las que menoscaban la salud y la capacidad económica de los habitantes del territorio nacional, con el fin de lograr el bienestar individual y la integración de la comunidad.»
Todo empleador debe afiliar a sus empleados tanto al sistema de salud como al de pensión y riesgos laborales.
La salud es gestionada por las EPS. La pensión es gestionada por los fondos de pensión. Los riesgos laborales son gestionados por las ARL.
Para estar cubierto por la seguridad social integral, es preciso estar afiliado y pagar las cotizaciones correspondientes, que son:
Concepto | Porcentaje empleador | Porcentaje trabajador |
Salud | 8.5% | 4% |
Pensión | 12% | 4% |
Riesgos laborales | 0,522% al 6.960% | 0 |
Las cotizaciones a riesgos laborales dependen del nivel del riesgo al que está expuesto el trabajador.
El trabajador elige la EPS y el fondo de pensión en el que se quiere afiliar. El empleador elige la ARL donde desea afiliar a sus trabajadores.
En el caso de los trabajadores independientes, son estos quienes deben afiliarse al sistema de seguridad social y realizar las cotizaciones respectivas, asumiendo el porcentaje total.
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