Unión temporal conformada por ESAL
¿Es posible que una entidad sin ánimo de lucro forme una unión temporal con empresas con ánimo de lucro en el marco de proyectos o iniciativas conjuntas, respetando las normativas y regulaciones vigentes?
Respuestas: (2)
Si. La ley no les prohíbe a las entidades sin ánimo de lucro asociarse con otras empresas de su misma naturaleza o una distinta, incluso con entidades estatales.
Lo importante es que los ingresos y utilidades obtenidos de esa colaboración sean destinados según las normas que las regulan, en especial la tributaria para no perder su calificación como régimen especial.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, enero 12). Unión temporal conformada por ESAL. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/union-temporal-conformada-por-esal-16/