¿Son los pagos a Fiducias (pagos cuota inicial de vivienda) deducibles en la declaración de renta?

Si actualmente estoy haciendo pagos para la cuota inicial de mi apartamento a través de una Fiduciaria, puedo calificar estos pagos como rentas exentas, como las consignaciones a las cuentas AFC y AVC.
En caso contrario como deberían ser hechos los pagos a la Fiduciaria para que puedan ser tenidos en cuenta en la declaración como pagos a vivienda o fomento a la construcción y sean deducibles del pago a la renta

Fecha: 2024-08-29. Editado 2024-08-29 por Gerencie.com

Respuestas: (1)

Autor: Gerencie.com.

Los pagos de la cuota inicial de una casa, independientemente de a quién se le pague, no son deducibles del impuesto de renta, puesto que no son un gasto, sino una inversión.

De otra parte, para obtener el beneficio de renta exenta, necesariamente el dinero debe consignarse en una cuenta AFC/AVC y luego retirarse para el pago de la cuota inicial, para lo cual deberá presentar una copia de la promesa de compraventa firmada con el constructor, de modo que la solución está en pasar el dinero por la cuenta AFC, así lo retire al siguiente día.

Finalmente, lo que se puede deducir son los intereses se paguen por un crédito de vivienda en los términos del artículo 119 del estatuto tributario.

Fecha: 2024-08-29
0 0
Su respuesta:
Debe iniciar sesión para responder. Si no está registrado regístrese aquí, es grátis.
Compartir esta pregunta
Compártalo en Twitter Compártalo en Facebook Compártalo en Whatsapp

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para ofrecer un mejor servicio. Al seguir navegando acepta su uso.