¿Si me divorcié puedo heredar la pensión de mi exesposo?
Estuve casada con un hombre, luego nos divorciamos y él se casó con otra mujer; finalmente se pensionó, pero nunca me sacó del servicio de salud (EPS). ¿Al morir él, yo tendría derecho a la pensión o parte de ella por haber estado inscrita como beneficiaria en el sistema de salud de él hasta el momento de su fallecimiento?
Respuestas: (1)
No. Si se divorció, no tiene derecho a la pensión de sobrevivientes.
Para tener derecho a la pensión de sobrevivientes, es preciso tener un vínculo matrimonial vigente, lo que no es posible si se divorció formalmente.
También se tiene derecho a la pensión de sobrevivientes cuando no se tiene un vínculo matrimonial vigente, pero hay convivencia (compañeros permanentes); sin embargo, ese no es su caso, puesto que su exesposo se casó nuevamente y terminó toda convivencia entre ustedes. El simple hecho de no haber sido retirada como beneficiaria en el sistema de salud no es suficiente para que se configure o estructure una convivencia.
Preguntas relacionadas:
- ¿El trabajador debe pagar parte del cálculo actuarial por falta de afiliación a pensiones?
- ¿Los extranjeros deben pagar aportes a pensión en Colombia?
- Pensionado por Coltabaco
- ¿Cómo averiguo el fondo de pensiones que paga la pensión de una persona fallecida?
- ¿Quiénes pueden hacer aportes voluntarios a pensión?
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, octubre 2). ¿Si me divorcié puedo heredar la pensión de mi exesposo?. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/si-me-divorcie-puedo-heredar-la-pension-de-mi-exesposo-731/