¿Si contrato a una empleada con un hijo recién nacido, debo pagarle licencia de maternidad?
¿En caso de contratar a una empleada que tiene un hijo de dos semanas de nacido, debo pagarle licencia de maternidad?
Respuestas: (1)
Sí. Según nuestro criterio, al contratar a una empleada con un hijo recién nacido, se debe pagar la licencia de maternidad porque la empleada debe disfrutar la licencia completa, lo que significa que no puede trabajar hasta tanto transcurra el tiempo que corresponde a la licencia de maternidad. Si el contrato entró en vigencia antes de esa fecha, se debe pagar la remuneración correspondiente y demás prestaciones.
La clave aquí es la fecha de inicio del contrato de trabajo. Desde el momento en que el contrato de trabajo inicia su vigencia, surgen para el empleador todas las obligaciones derivadas de él, y una de ellas es la licencia de maternidad.
El artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, que regula la licencia de maternidad, no contempla que para tener derecho a la licencia de maternidad la trabajadora deba llevar un tiempo específico de vinculación laboral. Al no existir tal condición, en caso de que el contrato de trabajo inicie en el periodo en que debería estar disfrutando la licencia de maternidad, este se debe pagar desde la fecha en que inició el contrato.
Por lo anterior, el empleador deberá esperar hasta que transcurra el tiempo necesario luego del parto para firmar el contrato de trabajo, que mínimo es de 17 semanas, correspondientes a la licencia de maternidad postparto.
En este caso, la EPS no pagará la licencia de maternidad porque no hubo cotización durante el periodo de gestación, debiendo el empleador asumir el pago.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, enero 22). ¿Si contrato a una empleada con un hijo recién nacido, debo pagarle licencia de maternidad? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/si-contrato-a-una-empleada-con-un-hijo-recien-nacido-debo-pagarle-licencia-de-maternidad-1029/