¿Se pueden incluir sanciones en el manual de convivencia de la propiedad horizontal?
Cordial saludo:
Si en el reglamento de propiedad horizontal no está la sanción por no asistir a la asamblea general de propietarios, ¿es válido que esta sanción la pretendan incluir en un proyecto del "manual de convivencia" para que este sea aprobado en la asamblea general? ¿O el procedimiento sería reformar el reglamento de P.H. para incluirlo en este y no en el manual de convivencia?
Respuestas: (1)
No. Las sanciones en la propiedad horizontal no se pueden establecer en el manual de convivencia, sino que deben estar establecidas expresamente en el reglamento de propiedad horizontal.
Esto en virtud de lo señalado en el artículo 60 de la Ley 675 de 2001, de manera que, si se llegara a establecer una sanción en el manual de convivencia, dicha sanción no puede ser impuesta, y de serlo, puede ser impugnada por cuanto no se ajusta ni a la ley ni a los estatutos (reglamento) de la propiedad horizontal.
Ahora, si ese manual de convivencia hace parte del reglamento de propiedad horizontal, para incluir nuevas sanciones se debe seguir el procedimiento para modificar dicho reglamento, que deberá ser aprobado por la asamblea y modificado mediante escritura pública.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, marzo 4). ¿Se pueden incluir sanciones en el manual de convivencia de la propiedad horizontal? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-pueden-incluir-sanciones-en-el-manual-de-convivencia-de-la-propiedad-horizontal-1173/