¿Se puede retirar una demanda de alimentos?
¿Puedo retirar una demanda por alimentos que interpuse contra el padre de mis hijos?
Respuestas: (1)
Si. La demanda por alimentos puede ser retirada por parte del demandante, siempre que la demanda no haya sido notificada al demandado, en su caso, el padre de sus hijos.
Consulte: Retiro de la demanda.
Si la demanda ya fue notificada al demandado, no puede retirarla y en su lugar procede el desistimiento de la demanda, lo que es posible hacer siempre que no se haya dictado sentencia.
Consulte: Desistimiento de la demanda.
Debe tenerse en cuenta que, tratándose de menores de edad, existe una protección especial respecto al derecho de alimentos, por lo que para retirar o desistir de una demanda de alimentos, es preciso llegar a un acuerdo o conciliación con el demandado, en el que se garantice el derecho de los menores de edad a recibir los alimentos.
De hecho, la sala civil de la Corte suprema de justicia en sentencia STC-5062/2021, señala que el desistimiento tácito no procede en estos casos, precisamente porque se deben garantizar los derechos fundamentales de los menores de edad.
Si ya se ha dictado sentencia, y por consiguiente la cuota alimentaria ya se ha fijado, si se quiere modificar o eliminar, se requiere de un proceso judicial nuevo que se debe llevar ante un juez de familia.
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