¿Se puede reclamar una herencia después de 10 años?
Mis padres fallecieron hace 14 años y mi madre hace 12 años. La herencia no se ha repartido y la casa que ellos dejaron está ocupada por una hermana desde que falleció nuestra madre. ¿Aún puedo reclamar la herencia que me corresponde?
Respuestas: (1)
Sí se puede reclamar la herencia después de 10 años de causada, pero es probable que el heredero que ocupa la casa alegue en su favor la prescripción de la acción.
El artículo 1326 del Código Civil señala que la acción de petición de herencia prescribe en el término de 10 años, lo que puede alegar el heredero que ocupa la casa y que no quiere compartir con los otros herederos.
En ese punto, la única posibilidad es que la sucesión se liquide ante notario y, para ello, hace falta que el heredero que ocupa la casa decida hacerlo voluntariamente.
Si el heredero que ocupa la casa pretende quedarse con ella y tiene conocimiento de que la acción de petición de herencia ya prescribió, sin duda que esperará a que la demanda de sucesión sea presentada para luego alegar la prescripción.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, enero 27). ¿Se puede reclamar una herencia después de 10 años? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-reclamar-una-herencia-despues-de-10-anos-1045/