¿Se puede pagar a otro distinto del emisor de la factura?
Estoy gestionando un pago relacionado con una factura emitida por un proveedor o prestador de servicios, pero me encuentro en una situación en la que se solicita que el pago sea realizado a una persona o entidad distinta al emisor de la factura. ¿Eso se puede hacer?
Respuestas: (1)
El pago se debe realizar al acreedor, que en este caso es el emisor de la factura. El pago se puede hacer a un tercero en dos situaciones.
- Cuando hay autorización expresa y escrita del acreedor.
- Cuando la factura ha sido endosada.
En el primer caso, si el acreedor autoriza el pago a un tercero, de un modo que el deudor pueda probar, se puede hacer el pago a ese tercero. En tal caso, el deudor deberá conservar la prueba de esa autorización y del pago.
En el segundo caso, como la factura es un título valor, al ser endosada debe pagarse al tenedor actual de la factura.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, diciembre 6). ¿Se puede pagar a otro distinto del emisor de la factura?. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-pagar-a-otro-distinto-del-emisor-de-la-factura-929/