¿Se puede demandar a la propiedad horizontal por no notificarme una deuda?

Buen día, gustaría saber qué acción legal puedo generar ante la administración de un conjunto residencial por no notificarme de una supuesta deuda de los años 2020 al 2024. Y hasta que necesité un paz y salvo para una posible venta, fue que me informaron.

Fecha: 2025-03-18

Respuestas: (1)

En nuestro criterio, una demanda en ese sentido no tiene grandes posibilidades de prosperar, porque sería como demandar al acreedor por no cobrar oportunamente al deudor.

La ley le otorga un término al acreedor para que cobre una deuda, y si no lo hace oportunamente, la única consecuencia que debe asumir es la prescripción de la acción. Además, el acreedor no tiene la obligación de notificar al deudor que está en mora o que tiene una deuda pendiente de pago. Es algo que ninguna ley establece.

Para demandar y reclamar alguna reparación, se debe acreditar el perjuicio y la responsabilidad del demandado en la generación de ese perjuicio, y, como ya se indicó, la propiedad horizontal no tiene la obligación legal de avisar a un copropietario que tiene una deuda en mora, así que difícilmente se le puede endilgar una responsabilidad de la que se pueda derivar un perjuicio que deba ser resarcido.

Lo que debe hacer es verificar si en realidad debe la deuda que le informan y abordar el asunto por ese lado.

Generalmente, cuando se convoca la asamblea general de los copropietarios, la administración envía a cada copropietario un informe financiero en el que se relacionan las copropiedades en mora, y si nunca apareció en ese informe, habría que verificar la razón de ello. Tal vez sea un error contable y esa deuda sea inexistente.

Sin afirmar que haya sido su caso, este tipo de situaciones suele darse cuando el copropietario no asiste a la asamblea en la que se aprueba alguna cuota extraordinaria y no se entera, y la administración no informa con posterioridad a los copropietarios; y aunque la administración tuviera la obligación de informar, si no lo hace, es difícil presentar una demanda al respecto.

Fecha: 2025-03-18
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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2025, marzo 18). ¿Se puede demandar a la propiedad horizontal por no notificarme una deuda? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-demandar-a-la-propiedad-horizontal-por-no-notificarme-una-deuda-1228/

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