¿Se puede corregir una declaración de retención en la fuente ya presentada sin sanción?
Presenté mi declaración de renta y declaré más retenciones de las que había practicado. ¿Puedo corregir la declaración sin tener que pagar sanción?
Respuestas: (1)
Cuando se declaran más retenciones de las que se practicaron, se puede corregir la declaración de retención en la fuente en los términos del artículo 589 del Estatuto Tributario, que se refiere a las correcciones que disminuyen el saldo a pagar, evento en el cual no hay lugar a pagar sanción.
En tal caso, las mayores retenciones practicadas y que fueron objeto de corrección se pueden solicitar a la DIAN como reintegro de retenciones practicadas en exceso.
Los otros casos en que se puede corregir una declaración de retención en la fuente ya presentada, sin que haya que pagar sanción, son los señalados en el artículo 33 de la Ley 962 de 2005, como: concepto, año o periodo gravable, errores en el NIT, de imputación o errores aritméticos, etc.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, abril 7). ¿Se puede corregir una declaración de retención en la fuente ya presentada sin sanción? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-corregir-una-declaracion-de-retencion-en-la-fuente-ya-presentada-sin-sancion-1293/