¿Se puede constituir patrimonio de familia con hijos mayores de edad?
Compramos el apartamento cuando nuestros hijos ya son mayores de edad y quiero saber si se puede constituir patrimonio de familia aun en ese caso.
De ser posible constituir el patrimonio de familia, ¿cómo se puede proceder en este caso?
Respuestas: (1)
Sí se puede constituir patrimonio de familia sobre bienes inmuebles cuando se tienen hijos mayores de edad e incluso cuando no se tienen hijos, porque el patrimonio de familia es una figura que protege a la familia en su conjunto, que incluye también al cónyuge.
La ausencia de hijos menores de edad no impide la constitución del patrimonio de familia, y su efecto es que se puede cancelar sin necesidad de autorización judicial, sólo con la firma del cónyuge.
Al constituirse patrimonio de familia con menores de edad, cuando estos alcanzan su mayoría de edad, no se extingue el patrimonio de familia, precisamente porque es posible su existencia sin hijos menores de edad.
La extinción del patrimonio de familia por ausencia de hijos menores de edad se da cuando han fallecido los dos padres y todos los hijos son mayores de edad, según establece el artículo 29 de la Ley 70 de 1931, de modo que, mientras sobreviva un cónyuge, también sobrevive la figura del patrimonio de familia en favor del cónyuge sobreviviente, aun cuando no haya hijos menores de edad.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, noviembre 25). ¿Se puede constituir patrimonio de familia con hijos mayores de edad? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-constituir-patrimonio-de-familia-con-hijos-mayores-de-edad-890/